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La minera canadiense Blackfire en Chiapas contra defensores de los territorios y de la vida

+ Capítulo 3 del informe de Amigos de la Tierra América Latina y el Caribe (ATALC) «Los Derechos de los Pueblos frente al poder empresarial en América Latina»

Por Gustavo Castro Soto – Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México

SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS; Chiapas, México. 18 Octubre de 2017.-

Según el Departamento de Recursos Naturales de Canadá (NRCAN por sus siglas en inglés), 52% de las empresas mineras en el mundo cotizan en las bolsas de valores de Canadá. México se ubica en segundo lugar en el mundo en términos de los bienes mineros canadienses fuera de Canadá. En 2015, 11.3% o CAD$19.4 mil millones de los bienes mineros canadienses fuera de Canadá se radicaron en México en manos de 125 empresas mineras, superado solamente por los Estados Unidos con 14.5%. Según la Secretaría de Economía de México, hasta 2013, las empresas mineras canadienses representaban 69% de las empresas mineras extranjeras operando en México.

En el estado de Chiapas existen 99 concesiones mineras – de diversas empresas entre ellas canadienses – activas en 16 municipios que abarcan un millón de hectáreas (25% de la superficie territorial de la entidad). Entre los años 2007 a 2010, la empresa minera Blackfire Exploration, con sede en Calgary, Canadá , y su filial Blackfire Exploration México S. de R. L., se encontraban en operación en el municipio de Chicomuselo para la extracción de barita, a través de la mina Payback/La Revancha, misma que se encuentra ubicada en el ejido Grecia, municipio de Chicomuselo. Para llegar al Ejido Grecia y a la mina se requiere pasar por el ejido Nueva Morelia. El municipio de Chicomuselo cuenta con casi 40 mil habitantes y con el 90% de la población en pobreza con actividades de agricultura y ganadería de subsistencia.

El líder ambientalista y coordinador local de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA), Mariano Abarca Roblero, fue criminalizado y posteriormente privado de la vida el 27 de noviembre de 2009 como consecuencia de su actividad en contra de los efectos negativos de la actividad de la mina Paypack/La Revancha, propiedad de la empresa canadiense Blackfire Exploration. Abarca está marcado por su trabajo en defensa de la tierra, a un medio ambiente sano y contra los efectos negativos de la mina y sistemáticas violaciones a los derechos humanos. Sufrió sucesivas amenazas y ataques físicos provenientes de personas vinculadas a la empresa, denuncias penales llevadas a cabo por él sin que prosperaran y concluyeran en castigo a los responsables. Por el contrario, sí prosperaban, y con extraña agilidad, acusaciones penales interpuestas por la empresa Blackfire, con el respaldo de la embajada canadiense, en contra de Mariano Abarca por delitos inverosímiles, usualmente utilizados para contrarrestar la actividad de defensores de derechos humanos, como la asociación delictuosa, delincuencia organizada y ataques al Estado, entre otros, que justificaron su detención, arraigo y posterior liberación. La impunidad para con quienes amenazaron y atacaron su integridad física, y su detención por el estado, fortalecen la presunciЧn de que su asesinato correspondió a una decisión última llevada a cabo por los dirigentes de la empresa en connivencia con las autoridades del gobierno del estado de Chiapas, que a la vez había sido presionada por la embajada canadiense a favor de los intereses de la empresa.

Antes de iniciarse la operación de la mina con los ejidos Grecia y Nueva Morelia; tanto el gobierno como la empresa violaron el derecho a la consulta previa; el primero al otorgar la concesión minera sin consultar a la población, el segundo al no realizar el proceso informativo. La empresa también violó derechos de los habitantes del ejido Grecia, al arrendar tierras ejidales sin el debido procedimiento agrario y sin acuerdo de toda la población, virtud que los efectos de la actividad minera afectan a todos los habitantes y no solo a ejidatarios. Por lo tanto, el Estado mexicano ha violado en su perjuicio los artículos 1.1 (Obligación de respetar los derechos humanos), 4 (derecho a la vida), 5 (derecho a la integridad personal), 7 (derecho a la libertad personal), 8 (garantías judiciales), 15 (derecho de reunión), y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Blackfire utilizó diversos mecanismos para asegurar su inversión y su impunidad en el asesinato y la corrupción. El gobierno mexicano garantizó por ley priorizar el uso del suelo para la explotación minera donde hubiera concesiones. Por ello las autoridades ambientales y otras dependencias gubernamentales federales y estatales facilitaran las inversiones mineras. La empresa canadiense logró obtener los favores políticos del gobierno de Chiapas, así como del presidente municipal de Chicomuselo al que le otorgó dinero a su cuenta personal para que asegurara e proyecto y controlara a la oposición. Esta demanda de corrupción fue interpuesta ante las autoridades canadienses misma que luego de algunos años desestimaron.

Los directivos de la empresa Blackfire dividieron a la comunidad. Otorgaron dinero a las autoridades para que éstos llevaran a cabo el convencimiento de la comunidad y aceptaran el proyecto minero. Lograron también el apoyo de algunos sectores económicos locales que se beneficiarían de la inversión como taxistas, hoteleros, trabajadores, transportistas, mismos que hacían eco de los hostigamientos y discursos de la empresa contra los opositores. Por otro lado, la empresa canadiense contrató a personal local dentro de su plantilla. El mismo encargado de las relaciones públicas de la empresa Blackfire poseía armas con las cuales amedrentaba y amenazaba a los opositores.

Los trabajadores de la empresa canadiense no solo amenazaron a Mariano Abarca, sino que intentaron corromperlo, los hostigaron e incluso golpearon. La empresa canadiense le inventó cargos vinculados a delitos de Asociación delictuosa y Atentados contra la Paz y la Integridad del Estado por lo que Abarca fue preso y luego liberado por la presión de la campaña nacional e internacional que implementó la organización Otros Mundos AC/ Amigos de la Tierra para su liberación. Mariano Abarca denunció ante funcionarios de la embajada de Canadá en la Ciudad de México que la empresa Blackfire le acosaba y que le amenazaban de muerte, por lo que la embajada sería responsable también si algo le pasara. Al final, fue asesinado.

La misma embajada de Canadá apoyó y asesoró a la empresa para facilitar su proyecto minero y la impunidad de sus actos. El gobierno mexicano ha otorgado todo su respaldo político y legal a las inversiones mineras pese a la sistemática violación a los derechos humanos e incluso a otros pasivos ambientales irreversibles. Luego del asesinato de Abarca Roblero el gobierno entorpeció las investigaciones, no avanzó en ellas. La investigación penal no fue llevada a cabo con la debida diligencia, puesto que no se esclarecieron debidamente los hechos ni se determinaron las responsabilidades de quienes actuaron como autores directos e indirectos en el crimen. A la fecha, la averiguación previa ha retornado al Ministerio Público para continuar con la investigación penal.

El asesinato de Mariano Abarca Roblero originó el inicio de una investigación ministerial, la número 051/FS10/2009, en la que declararon diversas personas como testigos, entre ellos Mario López Zunún y José Mariano Abarca Montejo, quienes afirmaron haber visto que quien huía de la escena del crimen portando un arma fue Jorge Carlos Sepúlveda Calvo, ex contratista de la empresa Blackfire. No obstante, la investigación penal no profundizó en el esclarecimiento de los hechos, el Ministerio Público indujo a los testigos en función de responsabilizar a una persona, diciéndoles que otras personas, que no habían aceptado declarar, vieron que el autor de los disparos fue Sepúlveda Calvo. Adicionalmente, el Ministerio Publico no llevó acabo otras diligencias, que habrían resultado importantes al momento de establecer responsabilidades, como son la identificación del arma utilizada, la trayectoria de los disparos, la altura probable del autor en función de la ubicación de los disparos en la anatomía de Abarca Roblero y Velázquez Rodríguez. La indagatoria tampoco amplió la investigación al interrogatorio de otras personas que pudieron aportar información testimonial sobre hechos previos y posteriores al crimen.

La causa penal 11/2010 del Juzgado Primero del Ramo Penal con sede en Cintalapa, Chiapas, en que constan los hechos relativos al crimen, carece de información que indique el desarrollo y agotamiento de una línea de investigación en relación a la probable participación de los directivos de la empresa Blackfire Exploration México en los hechos, pese a que los antecedentes del crimen suponen la alta probabilidad de estar involucrados. En ningún momento fueron escuchados en declaración, como no lo fue el Subsecretario de Gobierno que habría vertido expresiones de amenaza a la vida de Abarca Roblero.

Durante el año 2010 fueron aprehendidos Caralampio López Vázquez y Jorge Carlos Sepúlveda Calvo. También fueron detenidos los señores Caralampio López Vázquez y Ricardo Antonio Coutiño Velasco. Caralampio López Vázquez fue «empleado» de la empresa (gerente de personal y de seguridad de Blackfire, además de traductor y chofer de un ejecutivo de Blackfire). Ricardo Antonio Coutiño Velasco fue “contratista” y dueño de un camión que manejaba para Blackfire. Ahora, todos en libertad. Sin embargo, el gobierno utilizó el asesinato para perseguir a otros enemigos políticos.

Al privar de la vida a Mariano Abarca Roblero, el agente del Ministerio Público inicio, de oficio, la averiguación previa en Enero de 2010. El Juez Primero del Ramo Penal con sede en el municipio de Cintalapa, Chiapas, abrió el expediente penal iniciando el proceso penal. En junio de 2013, se dictó sentencia absolutoria a favor de la única persona inculpada por el crimen, Jorge Carlos Sepúlveda Calvo, ex contratista de la empresa Blackfire Exploration. En mayo de 2015, la Sala Regional Colegiada en materia Penal Zona 1, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, al resolver la apelación interpuesta en contra de la sentencia absolutoria confirma la misma sin que exista ningún otro recurso legal interpuesto en contra de la misma. Sin embargo, el Ministerio Público no siguió con la investigación.

En julio del año 2016, la esposa de Mariano Abarca Roblero solicitó que se le informara de las diligencias de investigación, pero hasta la fecha no hay respuesta. En marzo de 2017 solicitó la práctica de diligencias de prueba y que se girara citatorio para que comparecieran Horacio Culebro Borrayas, Nemesio Ponce Sánchez y Julio César Velázquez Calderón, para ampliar sus declaraciones ministeriales. En abril ella compareció ante la Fiscalía Especial de Investigación de los Delitos de Homicidio para ratificar la solicitud. Sin embargo, desde el asesinado de Mariano Abarca Roblero, y desde que fue absuelta la única persona procesada, no se ha llevado a cabo ninguna investigación adicional.

El Estado mexicano fracasó en su obligación convencional de proteger la vida de Mariano Abarca Roblero, privilegiando los intereses empresariales y respondiendo a las gestiones de la embajada canadiense. También fracasó en prevenir que su vida fuera interrumpida, y en garantizar el ejercicio del derecho, pese a conocer que se encontraba en riesgo. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (la Corte o la Corte Interamericana) ha sido enfática al precisar las obligaciones de los estados con relación al derecho a la vida.

La Corte Interamericana, ha establecido que la responsabilidad del Estado surge aun cuando no existe identificación individual del agente transgresor. Para establecer que se ha producido una violación de los derechos consagrados en la Convención no se requiere determinar, como ocurre en el derecho penal interno, la culpabilidad de sus autores o su intencionalidad, y tampoco es preciso identificar individualmente a los agentes a los cuales se atribuyen los hechos violatorios. Es suficiente la demostración de que ha habido apoyo o tolerancia del poder público en la infracción de los derechos reconocidos en la Convención, u omisiones que hayan permitido la perpetración de esas violaciones.

Hay elementos para suponer la responsabilidad directa del Estado por acción de sus agentes en la privación de la vida de la víctima; sin embargo, aun suponiendo que quienes llevaron a cabo el acto fueran particulares vinculados a la empresa minera, la responsabilidad del Estado mexicano subsiste, dado el respaldo y tolerancia para sus actos que supuso la impunidad ante las denuncias de Abarca Roblero, y la detención sin causa justificada que sufriera tres meses antes del crimen. Para la Corte Interamericana, «es suficiente la demostración de que ha habido apoyo o tolerancia del poder público en la infracción de los derechos reconocidos en la Convención, u omisiones que hayan permitido la perpetración de esas violaciones.»

Sin embargo, no se ha logrado establecer responsabilidades penales contra los autores corporativos intelectuales violadores de los derechos humanos allende sus fronteras. También se ponen trabas jurídicas para identificar a los empleados nacionales como empleados de la empresa transnacional. Ni siquiera el caso administrativo contra Blackfire sobre la corrupción prosperó en Canadá, el paraíso fiscal, político y de impunidad de las trasnacionales mineras en el mundo. Esta impunidad se refuerza con los Tratados de Libre Comercio que facilita esta impunidad al obligar a los estados a modificar las legislaciones y otras medidas arancelarias, de lo contrario las demandas económicas son tan enormes e en su contra como insostenibles para los gobiernos.

La estrecha vinculación de intereses entre los estados y las corporaciones, los intereses de inversiones millonarias en juego, impide acceder a la justicia plena. Por ello urge un Tratado vinculante para responsabilizar a las corporaciones trasnacionales ante tanta violación a los derechos humanos y las afectaciones irreversibles al medio ambiente.

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LA HISTORIA DE UN ASESINATO ANUNCIADO

Cuál es la noticia?

El 26 de junio 2017,  familiares y organizaciones de la sociedad civil presentaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra los Estados Unidos Mexicanos por violación al derecho a la vida del destacado defensor de los derechos humanos y el medio ambiente Mariano Abarca Roblero, asesinado el 27 de noviembre del 2009. Lo anunciaron en una conferencia de prensa el 28 de junio en el Centro Nacional de Comunicación Social (CENCOS) en la Ciudad de México.

El agricultor chiapaneco, miembro de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA), fue asesinado frente a su casa en Chicomuselo, Chiapas, por personas vinculadas a la empresa minera canadiense Blackfire Exploration, porque denunciaba los daños ocasionados por la mina de barita La Revancha en su pueblo.

Antes de su muerte a los 50 años, Mariano había interpuesto denuncias por haber sido víctima de actos de hostigamiento y amenazas de muerte por parte de trabajadores de la empresa Blackfire, pero las autoridades mexicanas nunca le hicieron caso, generando una situación de peligro y de permisibilidad que facilitó el crimen. La petición señala que la Embajada de Canadá en México estuvo realizando un cabildeo frente al Estado Mexicano durante todo el conflicto en Chicomuselo, y con amplio conocimiento de ello, para preservar los intereses de Blackfire. Esto abonó al conflicto social y pudo haber influenciado en la actuación del Estado Mexicano en el caso de Mariano.

Qué es una petición ante la CIDH?

Una petición ante la CIDH es una queja contra un Estado por haber violado normas internacionales con la que tiene que cumplir, en el caso del Estado mexicano siendo la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. La CIDH emite recomendaciones que el Estado debe respetar. Si no lo hace, la CIDH puede llevar e caso a la CORTE Interamericana de Derechos Humanos, la cual sí emite resoluciones obligatorias.

Quién presenta la petición y cuando?

El 26 de junio, la familia de Mariano, inclusive su esposa y cuatro hijos, presenta su petición contra los Estados Unidos Mexicanos ante la CIDH por las violaciones al derecho a la vida, a la integridad personal y a las garantías judiciales, entre otros derechos, del defensor asesinado hace casi 8 años. Lo acompañan tres co-peticionarios: la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA), la asociación chiapaneca Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México y el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chiapas (UNACH).

Por qué ahora?

A 7 años y 7 meses del asesinato, las instancias judiciales mexicanas no han realizado una investigación plena e imparcial que esclareciera los hechos y responsabilizara a los autores intelectuales y materiales del crimen. Varias personas sospechosas, todas relacionadas con la empresa minera canadiense Blackfire Exploration, fueron detenidas -una de ellas incluso fue llevada a prisión, pero fueron liberadas porque la investigación no se realizó con la debida diligencia. Hoy en día, nadie se encuentra condenado. Por el retardo extraordinario en la investigación, la cual sigue abierta en el Ministerio Público, la familia Abarca ha decidido acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se haga justicia.

Por qué responsabilizamos a los Estados Unidos Mexicanos?

Entre 2007 a 2009, durante su lucha en defensa de los derechos humanos y ambientales en Chicomuselo, Mariano fue víctima de amenazas, hostigamiento e intimidaciones físicas y legales por parte de trabajadores y representantes de la empresa Blackfire. Unos meses antes de su asesinato, fue víctima de criminalización, cuando un gerente de la empresa minera lo acusó de asociación ilícita, crimen organizado y ataques a las vías de comunicación, entre otros delitos, por haber participado en un plantón pacífico en una vía de acceso a la mina La Revancha de junio a agosto de 2009. El 17 de agosto, policías vestidos de civil lo detuvieron bajo arraigo por ocho días. Lo liberaron sin haber formulado cargo alguno.

Mariano, su familia, Otros Mundos A.C. y la REMA interpusieron denuncias ante las autoridades mexicanas por esas agresiones y criminalización, pero ninguna autoridad municipal, estatal ni federal las atendió. Las autoridades tampoco otorgaron medidas de seguridad ni brindaron protección al defensor, lo que se interpreta como un proceso de consentimiento de los ataques en su contra.

Esta actitud permisiva del Estado Mexicano permitió que el 27 de noviembre 2009, apenas unos días después de haber interpuesto una denuncia en contra de dos personas vinculadas a Blackfire, Mariano fuera asesinado. El agresor le disparó a quemarropa por la espalda mientras estaba frente a su casa en el centro de Chicomuselo.

Este crimen anunciado hubiera podido ser evitado si el gobierno mexicano hubiera preferido proteger la vida del defensor en lugar de los intereses de Blackfire. Además, el Estado mexicano es responsable de la falta de una investigación plena e imparcial necesaria para esclarecer los hechos y responsabilizar a los autores intelectuales y materiales del crimen.

Por qué denunciamos la complicidad de la Embajada de Canadá en México?

En julio de 2009, Mariano llevó una denuncia a la Embajada de Canadá en México sobre los riesgos que él y los demás habitantes de Chicomuselo involucrados en el proceso de defensa del territorio y el medio ambiente enfrentaban a raíz de la actuación de la empresa Blackfire y sus trabajadores, pero fue ignorada. Según documentación obtenida bajo la ley de transparencia de Canadá, la Embajada de Canadá tuvo alto conocimiento del creciente conflicto social generado por Blackfire en Chicomuselo desde su inicio, y aún así, cabildeó a favor de la empresa ante las autoridades mexicanas estatales y federales. La presión diplomática ejercida por la Embajada abonó al conflicto y a la situación de desprotección en la que se encontraba Mariano.

En la petición, se denuncia que el estado mexicano se dejó influir por la embajada de Canadá. Este país es el inversionista extranjero más importante en el sector minero mexicano: de allí proviene alrededor del 70% de las empresas mineras extranjeras operando en México. Para la inversión directa canadiense en el sector minero a nivel mundial, México es el segundo destino más importante después de los Estados Unidos.

Por qué todos debemos conocer la historia de Mariano y exigir justicia por su asesinato?

El caso de Mariano ilustra los problemas que se han generado en todo México por la impunidad y la voluntad del Estado de priorizar los intereses de los inversionistas mineros, en muchos casos canadienses, sobre la vida y bienestar de las comunidades campesinas e indígenas.

El asesinato de Mariano forma parte de un creciente número de casos de criminalización y atentados a la vida perpetrados contra defensores y defensoras del territorio y el medio ambiente en resistencia al modelo extractivo minero en México. Esta tendencia se ve reflejada en varios países de Latinoamérica. Según un estudio preliminar elaborado por un grupo de abogados canadienses sobre el vínculo entre empresas mineras de Canadá e incidentes de violencia y criminalización en América Latina entre 2000 a 2015, se registraron por lo menos 44 muertos, más de 400 heridos y más de 700 criminalizados en relación con 28 empresas en 13 países, siendo claro que las cifras son una subestimación de la realidad.

#JusticiaParaMariano

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