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Fijar límites a la propaganda electoral no implica que se afecte la libertad de expresión: Magistrado Enrique Figueroa Ávila

+ El Magistrado de la Sala Regional Xalapa del TEPJF consideró que los límites en materia electoral obedecen a valores que benefician a la sociedad.

+ El IEPC realizó la Segunda Mesa de Análisis “Contrario Sensu” analizando la argumentación jurídica. Sentencia a debate TEECH /JI/141/2018.

TUXTLA GUTIÉRREZ, Chiapas. 04 de diciembre de 2020.- La Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, organizó la segunda Mesa de Análisis (virtual): “Contrario Sensu analizando la argumentación jurídica. Sentencia a debate TEECH /JI/141/2018, la cual contó con la participación de Enrique Figueroa Ávila, Magistrado Presidente de la Sala Regional Xalapa del TEPJF; Gloria Icela García Cuadras, Consejera Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa; y Luis Octavio Vado Grajales, Profesor e Investigador de la Escuela Judicial Electoral del TEPJF.

Por parte del IEPC, estuvieron presentes el consejero presidente, Oswaldo Chacón Rojas, y las consejeras electorales María Magdalena Vila Domínguez, Blanca Estela Parra Chávez y Sofía Martínez De Castro León, presidenta e integrantes de la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias, respectivamente.

En su exposición, el Magistrado Enrique Figueroa Ávila, señaló que, así como los partidos políticos tienen el derecho de dar a conocer sus propuestas, plataformas, programas y planes de gobierno, el electorado posee el derecho de ser informado, por ello se debe determinar los canales de transmisión de dicha información. “Fijar límites a la difusión de la propaganda electoral no implica que se afecte la libertad de expresión o el derecho a la información; los límites obedecen a valores que benefician a la sociedad. Es fundamental armonizar estos derechos con el de la difusión del pensamiento”.

La consejera del IEE Sinaloa Gloria Icela García, expresó que la información es un derecho con el que nacemos, pero que en materia electoral debe apegarse a las normas que rigen un proceso electivo, observando, sobre todo, tiempo y lugar; agregó que, interpretar lo contrario significaría que no habría un tiempo de reflexión como la veda electoral.

Luis Octavio Vado Grajales, quien también se desempeñó como consejero electoral del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, explicó que los temas de derechos fundamentales que se presentan a los Tribunales u órganos electorales, no son fáciles de llevar, y hay ocasiones en que los partidos políticos juegan con esos temas, afectando la equidad en la contienda, pues se saltan reglas y no es algo deseable. “A veces los partidos y las candidaturas son muy creativos y en cada proceso electoral sacan cosas nunca vistas, pero en la medida de lo posible son asuntos que sí se pueden prever. Así es la materia electoral”.

En su intervención, la consejera electoral Magdalena Vila Domínguez aseguró que este foro fue de mucho provecho para analizar algunas de las conductas violentadoras de la normatividad electoral, pues se examinó una sentencia a través de cuatro ejes: 1) hay coincidencia en que la interpretación normativa no incluye la analogía prevista en el derecho penal; 2) Al converger los derechos fundamentales se debe ponderar uno sobre otro; 3) Cuidar la equidad en la contienda es uno de los principios más importantes en un proceso electoral; 4) Analizar las competencias de cada autoridad y saber hasta dónde pueden extenderse sus facultades.

Durante la clausura del foro, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, afirmó que las actividades como este ejercicio de intercambio de ideas y opiniones, son los que requiere el Sistema Nacional Electoral, pues se da vida a un diálogo interinstitucional para revisar los criterios que se generan en relación a las reglas electorales en todo el país.

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