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Por unanimidad resuelven infundada la queja en contra de Enoc Hernández

+  Absuelve el IEPC al líder del Partido Podemos Mover a Chiapas, de actos anticipados de proselitismo y de campaña. 

+  Se ordena archivar el caso cómo total y definitivamente concluido.

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 27 de Noviembre de 2017./Comunicado.- Por unanimidad el consejo general del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) determinó absolver al Presidente Estatal del Partido Podemos Mover a Chiapas, Enoc Hernández Cruz, de actos anticipados de proselitismo y de campaña, de los que fue acusado por él área de comunicación social del propio organismo electoral.

Al desahogar este lunes en sesión pública el proyecto de resolución que corresponde al expediente IEPC/015/2017 elaborado por la Comisión de Quejas y Denuncias, por unanimidad se determinó declarar infundada la denuncia absolviendo de toda responsabilidad al dirigente del Partido Morado.

Al aprobarse dicha resolución por la totalidad de los consejeros electorales, se determinó absolver de responsabilidad administrativa a Enoc Hernández Cruz y se ordenó archivar el asunto como total y definitivamente concluido.

Cabe mencionar que esta denuncia fue  presentada de oficio por la Dirección de Comunicación Social del propio IEPC el pasado 25 de mayo, derivado del monitoreo que la autoridad lleva cabo a fin de garantizar los principios de certeza, seguridad, veracidad, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

La sesión del pleno del consejo general del IEPC fue sancionada por el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas y el Secretario Ejecutivo Ismael Sánchez Ruíz.

 

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