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Emite la CEDH medida precautoria a SE por el caso de niño de secundaria en Tapachula

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 06 de Abril de 2017.- La Visitaduría General Especializada de Atención de Asuntos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Chiapas (CEDH), emitió medida precautoria o cautelar a la Secretaría de Educación (SE) por presuntas violaciones a derechos humanos en agravio de un adolescente estudiante de la Secundaria del Estado «Teodomiro Palacios», CEBECH 02 de Tapachula por parte del director y prefecta.

Ante la denuncia hecha en redes sociales por el propio padre del adolescente, la Visitadora General Especializada de Atención de Asuntos de NNA, instruyó a la Visitadora Adjunta Regional de Tapachula localizar a la parte agraviada para tomar la queja correspondiente, por lo que Ramón Alfredo Sánchez Ortíz narró ante este organismo los hechos suscitados en dicha institución educativa.

El padre de la víctima señaló que recibió una llamada telefónica diciéndole que su hijo había sufrido un accidente, por lo que acudió a la institución, al llegar  observó que su hijo presentaba golpes en la cara y cuello y tenía destrozada la dentadura, en presencia al parecer del coordinador de secundaria y un prefecto estos le dijeron que no perdiera más tiempo y lo llevara al médico para su curación, más tarde llamó al director de la escuela Alejandro Bonilla para que le explicara lo sucedido y este solo se limitó a responder que no se encontraba en la escuela.

Por tal motivo, y siguiendo la directriz del ombudsman Juan Óscar Trinidad Palacios de atender de manera inmediata los diversos casos en donde se ponga en riesgo la vida de las niñas, niños y adolescentes; la Visitaduría de Niñas, Niños y Adolescentes solicita a la Secretaría de Educación adopten de manera inmediata las medidas precautorias necesarias, suficientes y eficaces, para garantizar el derecho a la educación del adolescente, así como de las y los demás estudiantes que estudian en la Escuela Secundaria CEBECH «Teodomiro Palacios No. 02», a fin de que se proteja su integridad física y psicoemocional durante la estancia en ese centro educativo.

Así mismo, eviten represalias que pongan aún más en riesgo su derecho a la protección de su integridad física y educativa, evitando con ello posibles violaciones a derechos humanos y garantías fundamentales de difícil o imposible reparación.

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