jueves , mayo 9 2024

Las deudas también fallecen

+ Conoce cómo llevarte las deudas a la tumba.

+ Si su crédito se encuentra bajo el esquema de cobertura mancomunada conyugal, el saldo quedará en cero ante la muerte de cualquiera de las partes del matrimonio.

MEXICO ,  D. F., El fallecimiento de un familiar nunca es algo fácil de sobrellevar; sin embargo, es necesario regresar a la realidad y hacer frente a todos los pendientes del fallecido, y esto incluye las deudas.

Marco Carrera, director de Educación Financiera de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), explicó que la mayoría de los créditos que hay actualmente en el mercado tiene seguro de vida y desempleo, entre otros; sin embargo, es importante que el solicitante conozca cómo funcionan las coberturas que están ligadas a su crédito para aprovechar el esquema.

En general, cuando los bancos otorgan un crédito, ya sea de tarjeta, hipotecario, personal o automotriz, establecen en los contratos seguros como el de vida, para que en caso de presentarse el fallecimiento del titular del crédito, la deuda quede saldada a través de la entrada en operación del seguro.

CRÉDITOS HIPOTECARIOS MANCOMUNADOS

Un crédito hipotecario no es siempre algo personal. Al contrario, casi todas las instituciones financieras, públicas y privadas que operan en México facilitan que dos personas civilmente casadas soliciten un crédito conjunto, a partir de los ingresos de ambos, para comprar una casa, explicó Humberto Valencia, profesor de Finanzas del Tec de Monterrey.

La idea es que unan fuerzas financieras para acceder a un préstamo más grande, que les permita comprar una mejor vivienda. Este tipo de crédito considera los ingresos de ambos cónyuges, y una vez que el crédito es evaluado y aprobado, los dos firman el contrato y ambos se obligan a pagar el préstamo.

Mientras el crédito esté activo, ambos estarán cubiertos por el seguro de vida que suele estar ligado al pago de su hipoteca. Por ello, en caso de que se presente la muerte de uno de los miembros del matrimonio, el seguro liquidará completamente el saldo insoluto de la deuda siempre y cuando en la póliza figure el esquema de cobertura mancomunada conyugal.

Por otro parte, si el crédito hipotecario se encuentra activo bajo el esquema de coacreditados, ante la muerte de uno de los participantes del crédito, el seguro de vida sólo cubrirá la parte proporcional que era el adeudo total del fallecido. Es decir, si la escritura del inmueble establece que un participante aporta 30% del valor de la vivienda, y éste fallece, la compañía de seguros sólo indemnizara dicho porcentaje y los sobrevivientes continuarán con el pago de 70% restante.

Esta figura de crédito hipotecario es cada vez menos común. Entre sus participantes pueden figurar dos hermanos, un padre y su hijo, o una pareja que no está casada, etcétera.

REALICE EL AVISO A TIEMPO

De acuerdo con la Condusef, los familiares o aquella persona que se encargue de los trámites tiene un plazo de 180 días naturales contados a partir del fallecimiento del titular del crédito para dar aviso del fallecimiento y así finiquitar los adeudos. Esto se puede hacer en cualquier sucursal del banco que tenga la cuenta.

Al respecto, es importante avisar a la institución del fallecimiento lo antes posible, ya que el banco no tiene ninguna forma de enterarse y los créditos siguen generando intereses ante préstamos hipotecarios y automotrices.

En el caso del crédito personal o de tarjeta no hay tanto problema porque el seguro cubre la totalidad del préstamo, incluido el de tarjetas adicionales.

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