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Entra en vigor decreto que crea vocero de la Presidencia

MEXICO, D.F., 21 de Noviembre de 2013.- Hoy entra en vigor el decreto por el que se crea la vocería del Gobierno Federal, dependiente de la Presidencia de la República, cuyo objetivo será fijar la estrategia de información, así como «ampliar y precisar» la posición de la administración de Enrique Peña Nieto.

El nuevo cargo será ocupado por Eduardo Sánchez, hasta ayer subsecretario de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación (SG) y vocero para asuntos de seguridad.

La adición al artículo 4 bis del Reglamento de la Oficina de la Presidencia, quedará como sigue, según la publicación en el Diario Oficial de la Federación, firmado en la víspera por el presidente Peña Nieto y el titular de la SG, Miguel Ángel Osorio Chong.

La Jefatura de la Oficina de la Presidencia contará con un vocero del Gobierno de la República, quien intervendrá en el diseño e implementación de las estrategias de información gubernamental, bajo los principios de transversalidad, congruencia, transparencia y rendición de cuentas, en coordinación con las instancias competentes.

El vocero del Gobierno de República será designado por el Ejecutivo federal y tendrá las funciones siguientes:

I. Convocar a reuniones de trabajo a los titulares de las áreas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con objeto de diseñar y coordinar la estrategia de información gubernamental;

II. Supervisar las acciones para la ejecución de la estrategia de información gubernamental;

III. Coordinar a las áreas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para dar congruencia a la información que el Gobierno de la República difunda a la población;

IV. Ampliar y, en su caso, precisar la información relacionada con los posicionamientos del Gobierno de la República;

V. Coadyuvar en el apoyo para la realización de programas, campañas o acciones específicas de información gubernamental, en coordinación con las instancias competentes;

VI. Coadyuvar con la Coordinación de Comunicación Social de la Oficina de la Presidencia en la formulación, regulación y conducción de la política de comunicación social del Gobierno de la República, así como en la orientación, supervisión y evaluación de los programas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

VII. Participar en las reuniones del Gabinete y de los gabinetes especializados a las que sea convocado, y

VIII. Las demás necesarias para el cumplimiento del presente Decreto y que le asigne el jefe de la Oficina de la Presidencia.

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