lunes , marzo 18 2024

Plantean que el porcentaje de sobreventa de boletos aéreos sea de 5 por ciento

  • La diputada Vargas Meraz (Morena) busca reformar los artículos 47 Bis y 52 de la Ley de Aviación Civil
  • Prevé que cuando el vuelo se postergue más de 4 horas, se canalice a los pasajeros a otras aerolíneas con el mismo destino

CIUDAD DE MEXICO, México; 13 de abril de 2022.- A fin de regular la sobreventa de boletos de avión, al establecer que solo se podrá expedir un 5 por ciento más a la capacidad disponible de la aeronave, la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz (Morena) propuso reformar los artículos 47 Bis y 52 de la Ley de Aviación Civil.

También, busca que el concesionario o permisionario esté obligado a informar a los pasajeros sobre sus derechos, los cuales serán de carácter público y deberán encontrarse de manera visible y accesible en la página de cada aerolínea, y aparecerán en un texto al momento de adquirir un boleto.

Además, en caso de que el vuelo se postergue por más de cuatro horas, las aerolíneas tendrán la obligación de canalizar a los pasajeros a otras aerolíneas que vayan al mismo destino, añade la iniciativa enviada a las comisiones de Comunicaciones y Transportes, para dictamen, y a la de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.

Argumenta que frecuentemente ha sucedido que cuando una persona llega al aeropuerto y a la hora de abordar un vuelo, las aerolíneas invitan a algún pasajero a ceder su lugar porque vendieron más asientos de su capacidad real; esta práctica es conocida mundialmente como overbooking.

Refiere que diversas investigaciones señalan que del 100 por ciento de asientos reservados para un vuelo, de 5 a 15 por ciento de las personas no se presentaban al momento de comenzar el viaje, así que las aerolíneas al vender más asientos de los que se tienen permitidos, aseguran que cada vuelo alcance o se acerque a su máxima capacidad, evitando así pérdidas.

Sin embargo, añade, el problema se da cuando todos los pasajeros se presentan a abordar; en estos casos las aerolíneas deben buscar voluntarios que no aborden los vuelos, donde se les reembolsa el costo del boleto más un 25 por ciento o se les compensa de otra manera. No obstante, no todas las personas están de acuerdo con ser compensadas o indemnizadas, ya que al presentarse casos como este, los planes de los pasajeros son modificados completamente.

Puntualiza que en 2017 las aerolíneas nacionales de México tuvieron 18 mil 911 reclamos por sobreventa de boletos. Es decir, por día alrededor de 52 pasajeros sufrieron algún retraso o perdieron sus vuelos por este problema.

“A pesar de que el overbooking es una práctica totalmente legal, alrededor del mundo se permite que las aerolíneas vendan como máximo 5 por ciento más de su capacidad de vuelo. El problema es que en México no está especificado este porcentaje en la ley, por lo cual las aerolíneas tienen la libertad de sobrevender más de este porcentaje”, afirma.

Por ello, la iniciativa pretende reformar el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil, para regular esta práctica, permitiendo solamente 5 por ciento en la sobreventa de vuelos, y el artículo 47 Bis a fin de otorgar información a los pasajeros sobre sus derechos, ya que muchos viajeros desconocen esta normativa y no reclaman ningún tipo de compensación, al no saber cómo actuar.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

17 + 13 =