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Infonavit: ¿La deuda de un fallecido pasaría a los familiares o se cancela?

Historia de Redacción/Dinero en Imagen

CIUDAD DE MEXICO, 03 de enero de 2023./Dinero en Imagen.- Un trabajador mexicano tiene distintas posibilidades de acceder a créditos para la vivienda de acuerdo a sus necesidades. Ya sea para comprar un inmueble o construirlo desde cero, es posible adquirir un préstamo para tener una casa, pero ¿qué pasaría si esa persona fallece? 

Cuando una persona accede a un crédito hipotecario del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) se hace acreedora a una deuda que tiene que pagar en cierto plazo. Pero en caso de que esa persona fallezca, el monto no se traslada a los familiares, pues la Ley del Infonavit los ampara.

Esto dice el artículo 51 de la Ley del Infonavit en cuanto a personas fallecidas con créditos que aún no se han liquidado:

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Los trabajadores acreditados podrán manifestar expresamente su voluntad ante el instituto, en el acto del otorgamiento del crédito o posteriormente, para que en caso de muerte, la liberación de los gravámenes o limitaciones de dominio que existan a favor del instituto.

Es decir, cada crédito que la institución otorga cuenta con un seguro para este tipo de casos desafortunados. De igual manera aplica para quienes enfrentan una incapacidad total permanente.

Sin embargo, para que esto se haga oficial, los beneficiarios del trabajador fallecido deben solicitar la liberación de adeudos y realizar una cancelación de hipoteca ante el Infonavit.

Algunos de los documentos que deben presentar los familiares o personas beneficiarias son el número de Seguridad Social (NSS) de la persona fallecida, así como su  identificación oficial y acta de defunción. Por parte del solicitante, se debe presentar acta de nacimiento e identificación oficial.

Recuerda que el Infonavit amplió el plazo para que los beneficiarios cambien su crédito de salarios mínimos a pesos. Aquí puedes conocer las fechas y cómo realizar este trámite.

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