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FGR investiga a Salinas, Calderón y Peña Nieto por denuncia de Lozoya

Ordena INAI a la FGR dar a conocer investigaciones y sentencias contra EPN./Aristegui Tonticias

La FGR alista denuncia contra EPN, Videgaray y Anaya por red de sobornos./Expansión Política

+ En 2020, Emilio Lozoya acusó a Luis Videgaray y Enrique Peña Nieto de triangular dinero de la firma para campaña de 2012.

Aristegui Noticias/AN

Fotos: AN/Reuters. 

CIUDAD DE MEXICO, 24 de mayo de 2021./Aristegui Noticias.- La Fiscalía General de la República (FGR) investiga a los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, debido a la denuncia de hechos presentada en agosto de 2020 por Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex) y quien se acogió a una figura de colaboración con las autoridades.

Así lo da a conocer este martes el diario El Universal, que señala que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, dirigida por Santiago Nieto Castillo, hizo una revisión de “las finanzas de los expresidentes y otros funcionarios y exfuncionarios denunciados por Lozoya, a petición de la FGR, y entregó la información obtenida al Ministerio Público Federal para ser integrada a la investigación que está actualmente en curso”.

El rotativo señala que desde noviembre de 2020, la FGR solicitó información a la UIF sobre las 19 personas denunciadas por Lozoya. Además de los expresidentes, la lista está integrada por personajes como Luis Videgaray, José Antonio Meade, Miguel Barbosa, Roberto Gil Zuarth, Ricardo Anaya y los expresidentes Salinas de Gortari, Enrique Peña Nieto y Felipe Calderón.

El diario destaca que a pesar de que en su denuncia Lozoya señaló al gobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca como uno de los legisladores que lo extorsionaron para que les entregara recursos a cambio de votar a favor de la reforma energética, “las autoridades no han procedido en su contra por estos dichos”.

El reporte menciona que, de acuerdo con las fuentes consultadas, de los investigados por la UIF, el ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social José Antonio Meade y el actual gobernador de Puebla, Luis Miguel Barbosa Huerta, “no registran irregularidades en sus finanzas”.

La Fiscalía también pidió información sobre Carlos Treviño Medina, David Penchyna Grub, Ernesto Cordero, Francisco Domínguez Servién, Francisco Javier García Cabeza de Vaca y Francisco Olascoaga Rodríguez. Asimismo, de Guillermo Gutiérrez Badillo, Jorge Luis Lavalle Maury, José Antonio González Anaya, Rafael Caraveo y Salvador Vega Casillas.

El exdirector de Pemex acusó al exsenador panista, Jorge Luis Lavalle Maury, de ser parte de la red que recibió recursos millonarios a cambio de aprobar la reforma energética impulsada por Peña Nieto.

El pasado 10 de mayo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmó la resolución de un juez de control de negar a Lavalle la suspensión provisional para enfrentar su caso en libertad.

El pasado 13 de abril el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, Marco Antonio Fuerte Tapia vinculó a proceso al exsenador panista, luego de que la  FGR lo imputara por su presunta responsabilidad en los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cohecho y asociación delictuosa.

Ordena INAI a la FGR dar a conocer investigaciones y sentencias contra EPN

Redacción Aristegui Tonticias/AN/GS

CIUDAD DE MEXICO, 24 de mayo de 2021./Aristegui Tonticias/ AN/GS.- Por orden del INAI, la Fiscalía General de la República (FGR) debe dar a conocer las investigaciones en trámite que hayan sido notificadas, las concluidas mediante sentencias condenatorias irrevocables o que hayan culminado con el no ejercicio de acción penal, así como las que cuenten con sentencias absolutorias o condenatorias firmes contra el expresidente de México, Enrique Peña Nieto, del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021.

El comisionado Oscar Guerra Ford planteó que al tratarse de información relacionada con motivos de interés público procede su publicidad, ya que su difusión contribuye a garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información y favorece la rendición de cuentas.

“El daño que se causaría con la difusión de la existencia o inexistencia de denuncias contra la persona de interés, aun cuando esto reviste de carácter confidencial por ser un dato personal y evidente de la persona identificable, genera un mucho mayor beneficio a la sociedad en general al publicitarlos que resguardarlos”, indicó.

“Si se negara el derecho de acceso a la información se impediría que la sociedad tuviera los elementos informativos necesarios para el debido escrutinio del ejercicio de las actividades de la Fiscalía o Procuraduría, en cuanto a sus facultades e investigadores, así como respecto del desempeño del exservidor público”, agregó.

La FGR respondió en principio que no podía dar a conocer la información requerida, argumentando que al afirmar o negar la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, averiguación previa o carpeta de investigación en contra de una persona física identificada o identificable, se estaría atentando contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia de la persona.

Sin embargo, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la clasificación de la información requerida a la FGR, antes Procuraduría General de la República (PGR).

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Oscar Guerra Ford advirtió, por un lado, que las investigaciones concluidas mediante sentencias condenatorias irrevocables, contra Enrique Peña Nieto, en el período del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021, por delitos cometidos con anterioridad al ejercicio de sus funciones o encargos, no actualizan la clasificación del pronunciamiento en términos del artículo 113, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece que se considera información confidencial la que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable.

Por otra parte, la clasificación sí resulta procedente en lo que se refiere a las averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas contra Enrique Peña Nieto, que hayan culminado con el no ejercicio de la acción penal, que la investigación se encuentre en trámite, pero ya fue notificada a dicha persona, y aquellas que cuenten con sentencias absolutorias firmes o condenatorias.

La ponencia determinó que debe prevalecer el derecho de acceso a la información, por encima de la reserva, pues se trata de un exsecretario, exdiputado, exgobernador y expresidente de la República, por lo que la información reviste un interés público, dados los requisitos para ocupar los cargos de referencia, las altas responsabilidades que le correspondieron y los recursos de los que dispuso.

Con base en los argumentos señalados, la ponencia concluyó que dar a conocer la información permitirá a la población evaluar el desempeño de las autoridades, y constituye la vía más eficaz para que toda la sociedad conozca la información relacionada con las actividades de investigación de la FGR relacionadas con las averiguaciones e indagatorias en contra de una persona que formó parte de los Poderes Ejecutivo y Legislativo locales y de la Federación, lo cual tiene una evidente trascendencia en la vida pública del país.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR y le instruyó detallar la cantidad de averiguaciones previas y carpetas de investigación que ha abierto; el número de la averiguación y carpeta de investigación, el delito denunciado en cada indagatoria, la fecha de inicio de ésta, el estatus de cada una y la fecha de resolución de las que concluyeron en no ejercicio de la acción penal.

Así también, el número de averiguaciones o carpetas que fueron consignadas o judicializadas, las causas penales en las que recayó y el juzgado donde se radicó, si se logró alguna sentencia condenatoria, ya sea en primera instancia o definitiva, especificando la causa penal, delito y el tipo de sentencia y si en alguna de las consignadas y judicializadas se obtuvo sentencia absolutoria o sobreseimiento.

La FGR alista denuncia contra EPN, Videgaray y Anaya por red de sobornos

+ En 2020, Emilio Lozoya acusó a Luis Videgaray y Enrique Peña Nieto de triangular dinero de la firma para campaña de 2012.

Expansión Política

CIUDAD DE MEXICO, 24 de mayo de 2021./Expansión Política.-  La Fiscalía General de la República (FGR) alista una denuncia formal contra Enrique Peña Nieto, expresidente de México y Luis Videgaray , exsecretario de Hacienda, por presuntamente haber conformado una asociación delictiva reveló una investigación periodista publicada este lunes. De acuerdo a Animal Político , fiscales de la FGR confirmaron que en los próximos meses buscarán formalizar varias acusaciones en contra de Peña Nieto, Videgaray y Anaya, relacionadas a la trama de corrupción que gira en torno a la aprobación de la reforma energética promovida durante el sexenio pasado.

De acuerdo a este medio, la asociación delictuosa conformada por Peña Nieto y Videgaray canalizó de abril de 2013 a agosto de 2014, casi 100 millones de pesos en sobornos a legisladores, entre ellos Ricardo Anaya. Ha pasado más de un mes de que Jorge Luis Lavalle Maury , exsenador de la República, imputado por la FGR por los delitos de asociación delictuosa, cohecho y lavado de dinero, fue ingresado en prisión preventiva.

El exsenador es el único detenido por las investigaciones derivadas de la denuncia presentada por el exdirector de Pemex Emilio Lozoya, en contra de 16 políticos entre los que están exsenadores, expresidentes de partido y exdiputados. Según documentos relacionados con las audiencias privadas de Lavalle Maury de los días 8 y 12 de abril, a los que tuvo acceso el medio, Marco Antonio Fuerte Tapia , juez federal, consideró que “el justiciable (Lavalle) junto con Enrique Peña Nieto, Luis Videgaray Castro, Ernesto Javier Cordero Arroyo, David Penchyna Grub, Ricardo Anaya Cortes, Francisco Javier Cabeza de Vaca y Salvador Vega Casillas formaron parte de una asociación cuyos hechos son visibles, en la República Mexicana, desde el mes de abril de 2013 hasta agosto de 2014, con el propósito de llevar a cabo diversas conductas delictivas”.

Según se cita, el juez dejó de manifiesto que esta asociación criminal permitió a Peña Nieto y a Videgaray trasladar a los legisladores sobornos que ascienden al menos a 97 millones 190,000 pesos, y que provienen de transferencias ilícitas por parte de la constructora Odebrecht. La entrega del dinero se habría realizado siempre en efectivo, en fajos de billetes de 500 y 200 pesos, a través de intermediarios en quince entregas distintas. Según se menciona en el texto, todas las pruebas para iniciar esta investigación se sostienen en declaraciones de exdirectivos de Odebrecht, recibos de pagos, transferencias y videos. Así como en tres declaraciones de Lozoya, y de cuatro personas más que participaron, indirecta o directamente, en la entrega de dinero a los legisladores.

De acuerdo a lo publicado este lunes, en la audiencia los fiscales explicaron al juez que para facilitar la aprobación de la reforma energética Peña y Videgaray decidieron implementar un esquema de sobornos dirigido a legisladores que se consideraban clave en dicha discusión, entre ellos el priista Penchyna que lideraba la comisión de Energía del Senado y el panista Lavalle Maury, quien era integrante de la misma. El rol de Lavalle, según se señala, era particularmente importante pues él designó a una persona de su confianza, Rafael Caraveo Opengo, para ser el intermediario del dinero que iba destinado al grupo de legisladores panistas.

La FGR debe dar a conocer las investigaciones contra EPN

Por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la FGR deberá dar a conocer todas las sentencias y denuncias que hayan sido presentadas contra el expresidente Enrique Peña Nieto, del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021. El INAI informó este lunes a través de un comunicado, que esta orden fue emitida en respuesta a la solicitud de un particular, tras la negativa de la Fiscalía para proporcionar esta información.

Luego de que el caso fue discutido en el pleno del INAI, los comisionados determinaron que esta información se trata de datos de interés público, por lo que procede su publicidad, garantizando así el derecho de acceso a la información y la rendición de cuentas. De tal manera que en los próximos días, la FGR deberá detallar la cantidad de averiguaciones previas y carpetas de investigación que ha abierto; el número de la averiguación y carpeta de investigación, el delito denunciado en cada indagatoria, la fecha de inicio de ésta, el estatus de cada una y la fecha de resolución de las que concluyeron en no ejercicio de la acción penal contra Peña Nieto. Así también, el número de averiguaciones o carpetas que fueron consignadas o judicializadas, las causas penales en las que recayó y el juzgado donde se radicó, si se logró alguna sentencia condenatoria, ya sea en primera instancia o definitiva, especificando la causa penal, delito y el tipo de sentencia y si en alguna de las consignadas y judicializadas se obtuvo sentencia absolutoria o sobreseimiento.

“El daño que se causaría con la difusión de la existencia o inexistencia de denuncias contra la persona de interés, aun cuando esto reviste de carácter confidencial por ser un dato personal y evidente de la persona identificable, genera un mucho mayor beneficio a la sociedad en general al publicitarlos que resguardarlos”, indicó Oscar Guerra Ford, comisionado del INAI, durante la discusión.

 

 

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