jueves , octubre 10 2024

Determina IEPC responsabilidad administrativa por utilizar la imagen de niñas y niños en propaganda electoral

+ Se trata de la tercera ocasión en que el Consejo General del IEPC emite sanciones para proteger la integridad de la niñez.

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 05 de octubre de 2021.- El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, resolvió en sesión extraordinaria, el Procedimiento Especial Sancionador por el que se declara la responsabilidad administrativa del Partido Verde Ecologista de México, por la difusión de propaganda electoral utilizando menores de edad, lo cual vulnera el interés superior de la niñez, durante la elección de miembros de Ayuntamiento en el municipio de Pueblo Nuevo Solistahuacán, e impuso una sanción consistente en amonestación pública.

La consejera electoral y Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, María Magdalena Vila Domínguez, explicó que a raíz de una denuncia se advirtió que, en un video promocional de la campaña electoral de la candidata del partido mencionado, aparecían niñas y niños, por lo que se decidió iniciar el PES de manera oficiosa para salvaguardar los derechos de la niñez. Dijo que la candidata no demostró contar con el consentimiento de las y los tutores de la totalidad de las y los 25 menores que aparecen en dicha propaganda.

Por lo anterior, afirmó que se impone una sanción leve consistente en una amonestación pública por incumplir las disposiciones establecidas en la normatividad; y como medida de reparación integral del daño una disculpa pública, con base en lo establecido en los artículos 1, párrafo 4, 5, párrafos 17, 18 y 19, 7, párrafo 2, fracción I, 10, 12, fracción II, 27, fracción IV, 73, fracción IV, y demás preceptos aplicables de la Ley General de Víctimas.

En otro punto de la sesión, se resolvió un Procedimiento Especial Sancionador, en cumplimiento a una sentencia emitida por Tribunal Electoral del Estado, por el que se determinó que el excandidato a la Presidencia Municipal de Berriozábal postulado por Morena, es administrativamente responsable por la colocación de propaganda prohibida, por lo que se le impuso una sanción consistente en amonestación pública. En lo que respecta al partido político, este es absuelto de las conductas investigadas.

Asimismo, el Consejo General, aprobó el Procedimiento Especial Sancionador en contra del excandidato a la Presidencia Municipal de Tuxtla Gutiérrez postulado por el partido político Fuerza por México, quien resultó administrativamente responsable por la colocación de propaganda prohibida. Por lo anterior, se impone como sanción una multa de 350 unidades de medida y actualización, equivalente a 31 mil 367 pesos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

5 × 1 =