Publica DOF reformas a la Ley General de Educación, en materia de salud alimentaria en las escuelas

+ El decreto entra en vigor mañana jueves 21 de diciembre

Las personas responsables de la aplicación y vigilancia de las disposiciones señaladas en el presente artículo al interior de las escuelas, serán las que ejerzan los cargos directivos y las autoridades escolares. Las autoridades educativas y sanitarias vigilarán y sancionarán en el ámbito de sus competencias el incumplimiento de estas disposiciones.

I. Los criterios de sostenibilidad, progresividad, la ausencia de conflicto de interés y la garantía del interés superior de la niñez.

XVII. a XXIII. …

Artículo 170. …

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