Inician en la Cámara de Diputados audiencias públicas sobre el dictamen de reformas a la Ley de Amparo

  • Las audiencias, que concluyen el 13 de octubre, muestran el esfuerzo por transparentar el proceso legislativo: diputado Moreno Rivera (Morena)

 La minuta es un tema de gran importancia para el país: diputada Carol Antonio (Morena)

CIUDAD DE MEXICO, Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de octubre de 2025. Comunicado N.° 2440.-  Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público iniciaron este viernes las audiencias públicas sobre el proyecto de dictamen respecto a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas deposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 100 y 107 de la Constitución Política, al Código Fiscal de la Federación ya la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa.

El presidente de la Comisión de Justicia, diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), mencionó que las audiencias públicas que inician hoy y concluyen el 13 de octubre son una muestra del esfuerzo constante de la Cámara de Diputados por transparentar el proceso legislativo.

Añadió que en la medida en que la ciudadanía conozca los pormenores del quehacer parlamentario, aumentará la confianza en el trabajo de la institución; y no solo eso, sino que este tipo de audiencias permiten escuchar una amplia gama de puntos de vista, así como propuestas concretas de mejora de las reformas legislativas, lo que redundará en leyes de mayor calidad y con un mayor fundamento democrático.

El tema de la mesa que hoy convoca –dijo– es la “improcedencia” del recurso de revocación, regulado en el Código Fiscal de la Federación, y la iniciativa presidencial propuso agregar dos nuevas fracciones en el artículo 124 de dicho Código.

Detalló que cada una contiene un nuevo supuesto para la improcedencia de recursos de revocación en contra de las resoluciones de la autoridad fiscal relacionadas con la exigencia de pago y la prescripción de créditos fiscales y, por ello, se demostró que ese tipo de impugnaciones pueden constituir tácticas dilatorias que soslayan la capacidad recaudatoria del Estado.

El diputado Moreno Rivera mencionó que la minuta del Senado agregó una tercera fracción en el artículo 124 del Código Fiscal de la Federación para señalar que tampoco será procedente del recurso de revocación, en caso en el que el contribuyente manifieste desconocer el acto administrativo; lo anterior, para dotar al procedimiento de mayor certeza jurídica.

Conminó a tener un debate constructivo ya abonar a la construcción de esta importante reforma legislativa, al tiempo que agradeció el interés y la disposición a participar en estas audiencias públicas.

Espacio de diálogo; ánimo de trabajar de manera coordinada

El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, diputada Carol Antonio Altamirano (Morena), reconoció la decisión de las y los integrantes de ambas comisiones para convocar a estas audiencias, a fin de analizar la minuta remitida por el Senado de la República que reforma tres ordenamientos legales y el cual es un tema de gran importancia para el país.

Las y los integrantes de ambas comisiones, afirmó, asisten a este espacio de diálogo con el ánimo de trabajar de manera coordinada, y escuchando la pluralidad de los puntos de vista, en un ambiente de respeto, en el que no existirá ánimo de exclusión sino de promoción al debate público e informado.

Explicó que la participación de la Comisión de Hacienda se centrará en temas dos particulares: la modificación al artículo 124 del Código Fiscal de la Federación respecto a la impprocedencia de los recursos contra actos administrativos en las siguientes tres hipótesis:

Que el contribuyente manifieste desconocerlos, que se exija el pago de crédito fiscal determinados en resoluciones liquidatorias que hubieran sido impugnadas y que hayan quedado firmes por resolución de autoridad competente; y que se resuelvan sobre solicitud de prescripción de crédito fiscal determinados en versiones liquidatorias que ya hubiera impugnada y hayan quedado firmes por resolución de autoridad competente.

El segundo tema de interés, desde el punto de vista hacendario, dijo, es la modificación de la fracción II del artículo 3º de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, porque en la minuta se propone excepto que dicho tribunal conozca de juicio contra resolución en las que se exija el pago de créditos fiscales determinados en resoluciones liquidatorias que hubieran sido impugnadas y que hayan quedado firmes por resolución de autoridad competente o de actos que resuelvan sobre solicitud de prescripción respecto de dichos créditos.

El sentido general del conjunto de cambios a las normas legales, preciso, es que una vez agotadas las instancias y en el caso de un asunto que ya haya sido impugnado y quedó firme, no se genere un procedimiento infinito para que si ya el contribuyente ha ejercido sus derechos se aplique la justicia de manera eficaz.

De esta manera, añadió, aun cuando los términos generales de la reforma deberán analizarse en su conjunto, la materia que corresponde a las y los diputados de la Comisión de Hacienda, y que están especialmente atentos, consisten en dos cambios particulares y así se hará para cuidar los aspectos hacendarios de la minuta.

Finalmente, hizo votos para que los trabajos tengan un buen término y sean útiles para permitir que los distintos puntos de vista sobre la minuta sean formulados y presentados en un ambiente de diálogo abierto y de trabajo conjunto entre las comisiones dictaminadoras.

 

 

 

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