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Sala Regional Xalapa del TEPJE confirma empate en la elección de Tapilula, Chiapas

+ Con ello da paso a la celebración de una elección extraordinaria.

+ • Anula votación recibida en una casilla que cambia al ganador de la elección de Sitalá, Chiapas.

XALAPA, Veracruz,  22 de Septiembre de 2015.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas que confirmó el cómputo municipal de la elección de Tapilula, por el cual se declaró un empate entre los candidatos postulados por los partidos políticos Mover a Chiapas y Verde Ecologista de México (PVEM) y como consecuencia de ello, requirió al Congreso de dicho estado, para que emitiera, dentro del plazo legal, la convocatoria para celebrar la elección extraordinaria respectiva.

Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 267 y su acumulado 275, promovidos por los partidos antes citados.

Los magistrados federales determinaron que no se acreditaban las irregularidades señaladas por los promoventes con las que pretendían revertir el empate de la elección, referentes a que en la casilla 1406 contigua 1, actuó como funcionario un servidor público municipal; mismo que se comprobó que había renunciado al cargo desde el pasado 30 de enero de este año, por lo que el día de la jornada electoral ya no era servidor público.

Mismo calificativo se dio al agravio relativo a la supuesta irregularidad respecto de que otro funcionario había actuado cuando sólo se asentó su nombre sin apellidos. Sin embargo, dicha afirmación resultó ser infundada porque en las actas de escrutinio y cómputo y de jornada electoral se obtuvo que sí fue asentado su nombre completo, por lo que la responsable lo pudo ubicar incluso en el listado nominal de la misma casilla.

Por otra parte, también se acreditó que el procedimiento de cómputo y recuento se realizó conforme a la normativa electoral aplicable, de ahí que se confirmara la determinación del Tribunal local de declarar un empate en la elección.

Sala Regional Xalapa anula votación recibida en una casilla que cambia al ganador de la elección de Sitalá, Chiapas

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, al anular la votación recibida en una casilla correspondiente a la elección de miembros del ayuntamiento de Sitalá y con ello, se dio el cambio de ganador en favor del partido Mover a Chiapas. Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 274 del presente año, promovido por los partidos Mover a Chiapas, de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), Acción Nacional (PAN) y Encuentro Social (PES).

En el juicio de referencia, la pretensión de los actores era que se revocara la sentencia controvertida, y que se declarara la nulidad de ocho casillas. En el estudio de fondo, el Pleno de la Sala Regional Xalapa declaró fundado el agravio relativo a la existencia de irregularidades consistentes en ejercer presión sobre los electores y la entrega de un paquete electoral por persona no autorizada para ello, respecto de la casilla 1223 Extraordinaria 1.

En consecuencia, declaró la nulidad de la votación recibida en dicha casilla, y al recomponer el cómputo municipal, se dio el cambio de ganador a favor del partido Mover a Chiapas.

Las razones fundamentales que originaron el sentido del fallo referido fueron, entre otras que, del acta de sesión permanente del día de la jornada electoral, se advirtió que diversos representantes de los partidos políticos acudieron al Consejo Municipal por supuestas irregularidades que estaban sucediendo en dicha casilla, donde se percataron que un grupo de personas armadas se encontraban coaccionando el voto de los electores. Asimismo, quedó plenamente acreditado que la secretaria de la mesa directiva de tal casilla había sido postulada para el cargo de segunda regidora por el Partido Verde Ecologista de México, y posteriormente fuera sustituida.

En el mismo sentido se acreditó que la entrega del paquete electoral se realizó por una persona no facultada para ello, afectándose por tanto el principio de certeza sobre los resultados obtenidos en la casilla controvertida.

Finalmente y dado el cambio de ganador que operó como consecuencia de la recomposición del cómputo municipal, los magistrados federales ordenaron al Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de la referida entidad, expida las constancias de mayoría a la planilla de candidatos registrada por el partido Mover a Chiapas.

En la misma sesión pública de resolución, el Pleno confirmó la validez de las elecciones municipales y la entrega de la constancia de mayoría que en cada caso fue declarada por el Tribunal Electoral de Chiapas, como a continuación se describe:

Respecto de Amatenango de la Frontera, al resolver el JRC-286/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a los candidatos postulados por el PRI.

De Chanal, al resolver el JRC-265/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a Olga Gómez López candidata de Chiapas Unido.

En Chenalhó, al resolver el JDC-848/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula postulada por el PVEM, encabezada por Rosa Pérez Pérez.

En lo tocante a Chiapa de Corzo, al resolver el JRC-258/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a Jorge Humberto Molina, postulado por el PRI.

Sobre Chilón, al resolver el JRC-847/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a Felipe Gutiérrez Miranda postulado por la coalición PVEM-PANAL.

De Huitiupan, al resolver el JRC-254/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula encabezada por Candelaria González de la coalición entre el PVEM y PANAL.

En lo atinente a Las Rosas, al resolver el JRC-282/2015 y su acumulado, se confirmó el triunfo de Blanca Aroli González García postulada por el PVEM.

Respecto de Maravilla Tenejapa, al resolver el JRC-261/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula postulada por el PRD.

En lo que atañe a Mazapa de Madero, al resolver el JRC 273 y JDC 854, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a Yulena López González, postulada por la coalición integrada por el PVEM y PANAL.

Sobre Tapachula, al resolver el JRC-279/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula postulada por la coalición entre el PRI y PVEM.

En Salto de Agua, al resolver el JRC-284/2015, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la coalición entre el PVEM y PANAL.

Y de Suchiate, al resolver el JRC-250/2015 y su acumulado, se confirmó la constancia de mayoría y validez otorgada a la fórmula postulada por el PVEM, encabezada por Matilde Espinoza Toledo.

En la sesión pública de resolución de este martes se analizaron y resolvieron ocho juicios ciudadanos y 13 juicios de revisión constitucional electoral.

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