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Procedimientos de embargo en Tuxtla, apegados a la ley: Silvia Arely Díaz Santiago

ASICh

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 23 de Noviembre de 2017./ASICh.- La Coordinadora de Política Fiscal del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, Silvia Arely Díaz Santiago, aseguró que los procedimientos de embargo por morosidad en adeudos de predial se han realizado de acuerdo a los procedimientos de ley.

En entrevista, afirmó que ninguna de las dos propiedades que se han rematado durante la actual administración, ha sido adjudicada para sus familiares o amigos, como lo han especulado algunos en redes, por el contrario, se ha hecho de manera transparente a través de la publicación de las casas o terreno a remate en el Diario Oficial del Estado y periódicos de circulación, así como página de internet y en estrados del Ayuntamiento.

En cuanto a la casa embargada y rematada del señor Salatiel Morales Granados, precisó que tenía un adeudo desde hace más de 15 años, lo que equivalía a un monto mayor de 159 mil pesos, siendo esta la deuda real cuando se inició el procedimiento administrativo de ejecución, y se le bajó a la deuda inicial quitándole 10 años de adeudo, lo que juntaba las multas, recargos y actualizaciones, una reducción a 43 mil 225 pesos; sin embargo, no respondieron al llamado.

Desmintió los señalamientos de tener negocios con el señor Bernabé Espinosa Córdova o que haya sido empleado del negocio de su esposo.

Aseguró que no se cierra la puerta a los interesados de comprar los predios embargados, ya que todas las subastas son públicas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

El inmueble que se encontraba abandonado, llevaba cinco administraciones siendo notificada del adeudo que tenía, pero nunca se acercaron a la Coordinación para saber el estatus en el que se encontraba.

Díaz Santiago aseguró que de haber existido interés de los dueños, el Ayuntamiento hubiera buscado un acuerdo de pago, y se procedió conforme a la ley, que mandata proceder a instaurar el Procedimiento Administrativo de Ejecución mediante el Requerimiento de Pago y si no realiza, se practica el embargo por la vía administrativa, todo ello con la finalidad de recuperar los créditos fiscales que tiene derecho a percibir el Ayuntamiento.

Puntualizó que en caso de que no se efectúe el pago, transcurrido el término  de ley, se gira oficio al Registro Público de la Propiedad para que realice la inscripción de bien inmueble (hecho generador del impuesto), para posteriormente llevar a cabo el remate del mismo.

Todas estas acciones se basan, alegó la funcionaria, conforme a la ley con los numerales del 103 al 121, que manifiestan los requisitos que debe llevar a cabo esta etapa. Así, la Coordinación agotó hasta su última instancia, aseveró.

Agregó que el avalúo del inmueble, que se encontraba abandonado y en obra negra, lo determinó un perito certificado, el cual dio base para remate en un millón 784. No fue el Ayuntamiento de Tuxtla.

Por último, la coordinadora de Política Fiscal aseguró que este caso lo dejará en manos de la ley, y que se encuentra en toda la disposición de que las instituciones hagan lo correspondiente. ASICh

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