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Palabras JJustas

Lulú Ovilla

11 Febrero del 2020.

Las ocurrencias del Fiscal Alejandro Gertz Manero, trasgrede la lucha legítima de las mujeres.

El feminicidio no se puede minimizar por el grado de odio y violencia con que se comete.

El pasado lunes 3 de febrero en reunión plenaria de MORENA, el titular de la Fiscalia General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero,  hizo un planteamiento ante Diputados Morenistas, se la saco de la manga, se le ocurrió de repente, vaya usted a saber, le dijo a los Legisladores que, era necesario eliminar el tipo penal de feminicidio, por la dificultad que resulta para el Ministerio Público acreditar ese delito.

Eliminar el tipo penal de feminicidio de nuestro Código Penal Federal, trasgrede todos los años de lucha que llevan las mujeres, solo porque el Ministerio Público tiene dificultades para acreditar el delito de feminicidio, es sencillamente  aberrante pensar que con eso se frenara el odio y la violencia para asesinar a una mujer, lo que necesitan los Ministerios Públicos es recursos económicos suficientes para capacitarlos, así de claro se debe de entender.

Lo que el Fiscal de la República desea es redefinir el feminicidio como una agravante del homicidio, para ello planteo  un solo Código Penal único para todo el país, donde se pueda suprimir la figura de feminicidio,  pero así como las alertas de genero no los frenan, el “suprimir”  tampoco es una solución, lo que nuestro Código Penal Federal necesita es una modificación en cuanto al asesinato de mujeres se refiere.

No se puede “suprimir” el feminicidio por homicidio, el feminicidio  conforme a lo dispuesto a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en su artículo 164 Bis dice: comete delito de feminicidio y se sancionara con prisión de veinticinco a setenta años, quién por razones de género prive de la vida a una mujer, mientras que el homicidio doloso se tipifica en el artículo 138 del Código Penal Federal, de diez a quince años de cárcel.

La diferencia en cuanto a años de cárcel es muy grande, de acuerdo al Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) solo el 25.6 por ciento son investigados como feminicidios, mientras que los otros dos mil ciento siete asesinatos como homicidios dolosos, nuestro Código Penal Federal establece que comete delito de homicidio el que priva de la vida a otro, existen otras modalidades como el culposo, doloso y las penas son hasta de 40 años.

El feminicidio alcanza penas hasta de 70 años de cárcel, mientras que la pena máxima del homicidio es de 40 años, siete son las circunstancias que definen a un feminicidio: que una mujer presente signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones, antecedentes de violencia familiar, que hayan tenido una relación sentimental, víctima y victimario, antecedentes de amenazas, que haya sido privada de su libertad o incomunicada, que su cuerpo haya sido exhibido en público.

Mientras siete son las circunstancias para definir un feminicidio, el homicidio solo es un delito que consiste en matar a una persona sin que exista premeditación u otra circunstancia agravante, la Fiscalía Especializada en feminicidios del Estado de México, sentenció a cadena perpetua a Fernando González García, por el asesinato de dos mujeres, Karen Esquivel de 19 años y Adriana Hernández de 52 años.

Ambas mujeres fueron asesinadas en el 2016, sus cuerpos fueron colocados en maletas y fue hasta marzo del 2018 cuando se logró la condena de cadena perpetua por primera vez en México, el feminicida Fernando González García, no se le concedió el “beneficio penal procesal”, ¿Qué significa esto?: es la absolución por el beneficio de la duda, es una sentencia judicial absolutoria fundada en la falta de plena prueba sobre la culpabilidad del imputado.

El argumento del Fiscal Gertz Manero, ante su descabellada propuesta fue que, el Ministerio enfrenta serias dificultades técnicas para acreditar la comisión del delito de feminicidio por las características que definen ese tipo penal, sostuvo que sería más conveniente en términos de procuración de justicia mantener en la legislación penal el delito de homicidio y enlistar un agravante con los elementos correspondientes al feminicidio.

Lo que Gertz Manero quiso decir sin tanto tecnicismo es que, los Ministerios Públicos no tienen la capacidad para tipificar un feminicidio, porque jamás han sido capacitados en dicha materia y al que también le falta una buena capacitación es al propio Fiscal General de la República, para que pueda entender perfectamente cuál es la solución para frenar los feminicidios, y castigar al asesino de mujeres con perspectiva de género.

A tan descabellada propuesta se le fueron a la yugular las Legisladoras de MORENA, Lorena Villavicencio, Wendy Briceño y la Perredista Verónica Juárez, no están de acuerdo en que se elimine el feminicidio, es muy complicado acreditarlo, el Fiscal dice que es mucho más sencillo que se mantenga la clasificación del homicidio y que se establezca una agravante vinculada con los elementos que actualmente contiene el tipo penal de feminicidios.

Un feminicidio ¡jamás¡ se debe de considerar como algo “sencillo”, si realmente se desea combatir el asesinato de una mujer, se debe empezar por una capacitación intensa a nuestros policías, Jueces y Ministerios Públicos y por ahí no le caería nada mal, también al Fiscal Gertz Manero, para que a la otra sus propuestas sean más acertadas en cuanto a feminicidios se refiera, el grado de odio y violencia con que se mata a una mujer es impune e inhumano.

Con forme pasa el tiempo el grado de violencia y odio con que es asesinada una mujer es indescriptible y ha crecido de manera muy alarmante,  la descomposición de nuestra sociedad está en riesgo y esto es muy grave, es por ello que no se debe de tener ocurrencias tan descabelladas como la del Fiscal, hablar a la ligera de un feminicidio es imperdonable para miles y miles de familias que claman justicia.

Por supuesto que después de recibir una paliza en redes sociales así como en los diferentes medios televisivos y radio, no le quedo de otra al Fiscal Gertz Manero, decir que fue mal interpretada su propuesta y que no dijo lo que dijo, aclaro en la conferencia de prensa mañanera del Presidente López Obrador, que no es partidario de eliminar el feminicidio como tipo específico en el Código Penal, sino reformarlo para “hacerlo más sencillo”.

El Fiscal General de la República Alejandro Gertz Manero, ha dicho que lo único que desea es brindar todas las facilidades para investigar el delito de feminicidio, y acusó de que existen grupos que  están molestando y ponen palabras en su boca que él no ha dicho, esto en referencia a los rumores vertidos a su supuesta renuncia al cargo que tiene.

Quizás si existan grupos que no estén de acuerdo en este gobierno del cambio y nadie lo pone en tela de juicio, lo que si es cierto y deben reconocer que es sumamente urgente modificar nuestro Código Penal Federal y que así como ya se dio cadena perpetua para un feminicida, se le debe de dar a todos, “suprimir” el delito de feminicidio no es el camino correcto, modificarlo sí y en todos los estados de la república mexicana.

Gertz Manero afirmó que los delitos de violencia contra la mujer, se mantenían ocultos y que fue hasta su administración cuando se le dio visibilidad, en este punto si me permito aclararle al Fiscal General de la República, que si la violencia hacia las mujeres se hizo visible, no fue gracias a él, fue gracias a la lucha de miles, millones de mujeres, no solo de México, sino de todo el mundo, que gritan, lloran, que sufren, pidiendo justicia por los feminicidios.

Es importante tener cuidado con las declaraciones que se hacen, sobre todo en temas tan delicados como el asesinato de mujeres, porque así como se “mal interpreto” lo que dijo el Fiscal Gertz Manero, al “suprimir” el feminicidio, vuelve a caer en el error de decir que fue hasta su administración cuando se le dio visibilidad a la violencia contra las mujeres, los logros alcanzados solo es mérito único de las mujeres, que nadie se cuelgue medallas ajenas.

La muerte de una mujer no debe de tipificarse como homicidio sino como feminicidio, por la violencia, odio, incluso, el suicidio, mismo que es inducido por la pareja sentimental en mucho de los casos, o las agresiones con cualquier objeto que pueda resultar un arma homicida, aun si este fuera una aguja o cualquier cosa insignificante, utilizado como arma con odio y con violencia, termina quitándole la vida a una mujer.

Eliminar el feminicidio representaría un retroceso, significaría hacer de cuenta que las mujeres asesinadas sencillamente no existieron, si los Jueces no quieren consignar un feminicidio, es porque no tienen la preparación para hacerlo y ni siquiera muestran el menor interés por aprender, de otra forma ya hubieran exigido la capacitación para saber consignar a un asesino de mujeres con perspectiva de género, están enclaustrados en su zona de confort.

Esta apatía de los Ministerios Públicos, permite que la injusticia siga predominando y los feminicidas se sigan burlando de nuestras leyes y así se forma una cadena de: indiferencia, impunidad, segregación, odio, violencia, parece que nada, ni nadie, logra ponerle freno a tantos y tantos asesinatos de mujeres, si quieren visibilizar algo, ahí está nuestro Código Penal  Federal, hay que desempolvarlo y modificarlo.

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