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“La democracia se fortalece respetando las leyes”: Arturo De León Loredo, Delegado del INE en Chiapas

  • La promoción personalizada de servidores públicos es una infracción que afecta la equidad en la contienda por un cargo de elección popular.

DE LA REDACCION: El texto que a continuación se describe, es una exposición del Delegado del INE en Chiapas, Arturo De León Loredo, enviado a los medios de comunicación por Mercedes A. Tipacamú Ruiz. Comunicación Social. INE Chiapas.

Número: 015

15 de Junio de 2020

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas.

Es un acuerdo social que la Constitución y las leyes sean las reglas con las que se relacionen los individuos entre sí, el individuo con las instituciones y  entre las instituciones mismas. Este acuerdo da la certeza de las reglas que habrán de cumplirse y a qué autoridad acudir en caso de incumplimiento.

Por lo que se refiere a las reglas para la competencia por el poder político, en el párrafo cuarto de la fracción II del artículo 105 Constitucional, se establece que “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.”

En el ámbito federal, considerando que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) indica que el Proceso Electoral Federal iniciará en la primera semana de septiembre, ya no existe la posibilidad constitucional de modificar la normatividad electoral.

Y en el caso Local, en el pasado mes de mayo, el Congreso del Estado reformó el Código de Elecciones y Participación Ciudadana, para modificar el calendario electoral del siguiente proceso electivo y estableció que el inicio del proceso electoral sea en el mes de enero; por lo que aún existe la posibilidad de que el legislador realice reformas.

Con esto, estamos en la ruta hacia las elecciones del 6 de junio de 2021. En las que, en Chiapas, se votará para elegir, en lo federal, Diputados al Congreso de la Unión; y en lo local, diputados al Congreso del Estado y a los integrantes de los ayuntamientos de 124 municipios.

Esta ruta, a grandes rasgos, pasa por las siguientes actividades: Convocatoria a aspirantes a candidatos, precampañas, registro de candidatos, campañas, periodo de reflexión (los tres días previos a la Jornada Electoral) y Jornada Electoral.

El proceso electoral es para organizar la disputa política entre partidos políticos y candidatos; la decisión de los ganadores queda en manos de la ciudadanía que, mediante el voto libre y secreto, por mayoría decide. Son las reglas.

Y otra regla es que las instituciones gubernamentales no son partícipes en esta contienda, ni los servidores públicos como tal.

El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así lo establece: “Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.

De igual manera, la propaganda institucional está regulada en este mismo artículo: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

Cualquier servidor público tiene el derecho a participar en el proceso político, pero no como funcionario, ni con recursos públicos. Quién así lo hiciera, se expondrá a que sea denunciado y por lo tanto, de comprobarse, ser sancionado.

La promoción personalizada desde las instituciones de gobierno y con recursos públicos, es condición de inequidad en las contiendas, ya sea internas en los partidos políticos o las constitucionales, y puede ser  denunciada ante las autoridades electorales como el INE o el IEPC.

Todos debemos estar de acuerdo en cumplir con las reglas; de no hacerlo, aceptar sus consecuencias.

Los partidos políticos tienen la responsabilidad de que sus militantes, y quienes ocupen cargos de dirigencia, precandidaturas o candidaturas sean hombres y mujeres comprometidos con la legalidad y los principios de la democracia.

Y corresponde a las instituciones electorales cumplir y hacer cumplir las reglas vigentes.

La expectativa de un mejor presente y un mejor futuro, de una sociedad democrática, se basa en el respeto y cumplimiento de las Leyes y en instituciones imparciales y eficaces.

Chiapas y México no merecen menos.

Arturo De León Loredo,

Delegado del INE en Chiapas

 

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