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En la región hidrológica Grijalva-Usumacinta, 66 por ciento de las aguas de las cuencas supuestamente «reservadas» quedan con posibilidad de concesión a la industria extractiva

+ Se necesita una gestión integral del agua en México que tome en cuenta a las comunidades no solo urbanas pero también rurales, campesinas e indígenas, que las organizaciones de defensa del territorio acompañamos y cuyos derechos se ven violados en la actual política nacional hídrica.

  • Artículo de Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México – A 4 de julio 2018.

El pasado 5 de junio, el presidente de la República Enrique Peña Nieto (EPN) firmó durante un acto público en la Ciudad de México diez decretos que comprometen y violan los derechos colectivos y el derecho al agua de los mexicanos y las mexicanas. [1] Ponen gran parte de las aguas nacionales a disponibilidad de la agroindustria y otras industrias extractivas, como por ejemplo la generación de energía hidroeléctrica, la cual se está promoviendo en México en el marco de la supuesta «transición energética».

El gobierno federal los presenta como «decretos de reserva de agua», para que la opinión pública los perciba como medidas positivas para el medio ambiente y la gestión integral del agua en México, y no se percate de tres aspectos fundamentales:

  1. Que las reservas de agua totales o parciales que estos decretos crean en las aguas superficiales de 194 cuencas hidrológicas del país [2] para usos doméstico, público urbano y ambiental se aplican en una parte muy restringida de las aguas nacionales. Se limitan a las aguas superficiales que representan solo entre el 1 y el 3% de las aguas nacionales (las aguas subterráneas representan entre el 97 y el 99%). Además, al analizar cada decreto, confrontando la cantidad de agua disponible en cada cuenca mencionada, con la cantidad de agua en ella «reservada», la Coalición Agua Para Todos calcula que los decretos reservan solo el 30% de las aguas de las cuencas que abarcan. [3] El 70% restante se queda «sin protección», alertó la Coalición en su comunicado del 26 de junio.
  2. Que las reservas de agua no son realmente una protección contra la sobreexplotación y contaminación de las cuencas. En el caso de las aguas reservadas para el uso doméstico, por ejemplo, se podrán entregar en forma de concesiones a particulares, quienes en virtud de la Ley Nacional de Aguas (LAN) del 1992 las podrán a su vez vender a empresas u otros particulares quienes tendrán el derecho de cambiarles el uso. Además, aparece muy difícil asegurar reservas en un país donde más del 80% del total de los contribuyentes obligados a pagar por el uso y aprovechamiento del agua no están registrados. [4]
  3. Que los decretos no solo crean reservas de agua sino que levantan las vedas que existían hasta el 5 de junio en 99 cuencas hidrológicas del país. Estos estatus de veda eran una protección legal contra la sobreexplotación de dichas cuencas ya que, según la LAN, prohibían los «aprovechamientos de agua adicionales a los establecidos legalmente y éstos se controlan mediante reglamentos específicos, en virtud del deterioro del agua en cantidad o calidad, por la afectación a la sustentabilidad hidrológica, o por el daño a cuerpos de agua superficiales o subterráneos». Ahora los defensores y las defensoras de estas cuencas ya no cuentan con esta herramienta legal.

La prioridad del gobierno federal no es garantizar el derecho humano al agua sino garantizar agua para las empresas extractivas

Es la LAN la que autoriza al poder ejecutivo decretar zonas de reservas de agua. Define el uso doméstico como el «uso particular de las personas y del hogar, riego de sus jardines y de árboles de ornato, incluyendo el abrevadero de animales domésticos que no constituya una actividad lucrativa». El uso público urbano se refiere a «la aplicación de agua nacional para centros de población y asentamientos humanos, a través de la red municipal». En cuanto a las reservas de agua para «uso ambiental» o «para la conservación ecológica», se refieren al «caudal o volumen mínimo necesario en cuerpos receptores, incluyendo corrientes de diversa índole o embalses, o el caudal mínimo de descarga natural de un acuífero, que debe conservarse para proteger las condiciones ambientales y el equilibrio ecológico del sistema».

En una fuerte campaña de desinformación destinada a promover el sexenio de EPN a unos días de la derrota del PRI en la elección presidencial no alcanzó su objetivo, el gobierno federal intentó hacer creer a la población que al firmar estos decretos estaba garantizando el derecho humano al agua [5], previsto en el artículo 4 de la Constitución, tras 6 años de incumplimiento (tenía la tarea desde el 2012 de emitir una reforma a la LAN que incluya este derecho, pero no lo ha logrado). «Permitirán preservar el medio ambiente y garantizar el agua para el consumo humano de 18 millones de habitantes que aún no nacen, en una proyección a 50 años», anunció la Comisión Nacional del Agua en un comunicado publicado el 19 de junio. Pero estos decretos mostraron al contrario que los usos doméstico y público urbano del agua no son una prioridad a nivel nacional ya que reservan menos del 1% de las aguas disponibles en las cuencas mencionadas, según los cálculos de Agua para Todos. Este porcentaje reservado poco asegura el respeto del derecho al agua que tenemos como pueblos y comunidades.

¿Cuál es el uso prioritario del agua en México entonces? A nivel nacional, la agroindustria es el sector más demandante en agua, pero no es la única industria extractiva que requiere el vital líquido. En todo el país existen más de 30.000 concesiones mineras [6] que necesitan mucha agua. Además, el número de centrales hidroeléctricas que en 2015 era de 97, va a ir en aumento para «cubrir las crecientes necesidades de demanda de electricidad» según la Secretaría de Energía (SENER). En su documento «Prospectiva de Energías Renovables 2016-2030», proyecta «la adición de 4,491.8 MW de capacidad de energía hidroeléctrica» para ese período. [7]

Pareciera más bien que el objetivo de estos decretos es encontrar una alternativa a la reforma privatizadora de la LAN que el gobierno de EPN nunca ha logrado imponer en su sexenio. En 2015, lo intentó con la iniciativa de  Ley General de Aguas conocida como «Ley Korenfeld» y en noviembre del 2017, lo intentó de nuevo con la publicación de un borrador de LGA de la misma naturaleza conocido como «Borrador Pichardo». Estos textos violaban el derecho humano al agua y los derechos colectivos de los pueblos y facilitaban la entrega de concesiones a la industria extractiva. Buscaban garantizar los niveles de aguas necesarios para las empresas para poner en marcha la reforma energética del 2013, la cual puso un fin a la nacionalización del petróleo e impulsó la extracción de hidrocarburos convencionales y no convencionales, en particular mediante la fracturación hidráulica (o fracking). Gracias a la movilización de la sociedad civil mexicana, estos textos nunca se volvieron leyes, pero los decretos buscan compensar su inexistencia.

En Chiapas y Tabasco, 66.1% de las aguas de las cuencas supuestamente “reservadas” quedan con posibilidad de concesión  a la industria extractiva

Analizando el decreto que crea reservas de aguas superficiales parciales en 72 de las 83 cuencas de la región hidrológica número 30 Grijalva-Usumacinta, solo el 33.9% de las aguas superficiales disponibles en dichas cuencas están reservadas para los usos doméstico, público urbano y ambiental. Solo el 0.1 % para los usos doméstico y público urbano y el 33.8 % para el uso ambiental.

De tal manera que el 66.1% restante de las aguas quedan a disposición de las empresas y particulares que se las quieran apropiar mediante concesiones, como lo estipula el artículo 7 de este decreto: «Los volúmenes disponibles no comprometidos por medio de las reservas parciales que se establecen en el presente decreto, se podrán usar o aprovechar mediante título de concesión o asignación.» Este artículo aparece en cada uno de los decretos de reserva parcial: los que cubren las regiones hidrológicas número 30 Grijalva-Usumacinta, número 14 Ameca, número 15 Costa de Jalisco, número 28 Papaloapan y número 26 Pánuco.

Es un regalo para las empresas extractivas como embotelladoras, mineras y petroleras ya que, según el profesor e investigador en desarrollo rural de la Universidad Autónoma Chapingo, Antonino García García, «las cuencas transfonterizas Grijalva y Usumacinta concentran una tercera parte del escurrimiento superficial de todo México». Existen en Chiapas embotelladoras como la FEMSA-Coca Cola, la cual tiene concesionadas 500 millones de litros de agua, y 111 concesiones mineras vigentes, según el documento “Panorama minero de Chiapas 2016″, publicado por el Servicio Geológico Mexicano. [8]

Como lo hemos denunciado este 27 de junio en un pronunciamiento publicado junto con varias organizaciones y habitantes de Chiapas en defensa del agua, en el estado la industria privada de hidrocarburos abarca alrededor de 509,023 has y está previsto construir 79 represas hidroeléctricas y 19 mini-hidroeléctricas, además de expandir las plantaciones de palma africana de 50 mil hectáreas a 250 mil en los próximos años. Todas esas actividades requieren mucha agua para funcionar y a ellas se suman todas las previstas en el marco de la recién creación de la Zona Económica Especial de Puerto Chiapas en el municipio de Tapachula.

Es bien interesante ver que el gobierno federal omitió concienzudamente de establecer reservas de agua en el caudaloso río Lacantún, el cual representa 16,245.094 millones de metros cúbicos de agua disponible. Justamente en este río está previsto que Generación Enersi S.A. de C.V. construya una presa hidroeléctrica con una capacidad total instalada de 110 MW en el municipio de Maravilla Tenejapa, para la cual se utilizará el caudal del río Lacantún (238 MÂ3/S). [9]

Violaciones a los derechos colectivos de los pueblos rurales e indígenas y al derecho a la consulta

Mientras facilitan la entrega de concesiones a la industria extractiva, los decretos representan una grave amenaza para las concesiones de agua de los pueblos y núcleos agrarios que manejan sus propios sistemas de agua bajo usos y costumbres, y quienes por falta de información y consulta no hayan renovado sus títulos de concesión antes del 6 de junio 2018. En efecto, todos los decretos prevén que «las concesiones o asignaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto serán reconocidas siempre que el título esté vigente y no se haya incurrido en causas de suspensión, revocaciónn o extinción».

Eso no es una sorpresa ya que la CONAGUA nunca supo reflejar la diversidad de los sistemas de gestión en México. Al reservar agua para el uso público urbano (aunque sea menos de 1%) y no para el uso comunitario y rural, se toman en cuenta solamente los hogares conectados a las redes municipales y desconoce gran parte de las comunidades campesinas y/o indígenas de Chiapas y México que tienen pozos o tomas de agua familiares y comunitarias.

Esta indiferencia por los pueblos rurales y campesinos se tradujo de igual manera en la falta de un proceso de consulta libre, previa e informada a las poblaciones que viven en las cuencas cubiertas por los decretos. Aquí en Chiapas, en donde gran parte de la población es indígena, esto contraviene al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales que prevé su derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado. La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) afirma que se contó con la participación de los Consejos de Cuenca para elaborar los decretos, mas esto no ha sido comprobado y no asegura que la información haya sido compartida de manera entendible con las personas consultadas ni que estas representen a las poblaciones afectadas.

El programa de «Reservas de Aguas para el Ambiente» es promovido por la WWF y el BID

Los que sí han sido incluidos para elaborar estos decretos con la CONAGUA son la organización conservacionista World Wildlife Fund (WWF), la Fundación Gonzalo Río Arronte (FGRA) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en el marco del programa de «Reservas de Aguas para el Ambiente» que ha sido incluido en el Plan Hídrico Nacional 2014-2018 de México. El objetivo oficial es «garantizar la funcionalidad del ciclo hidrológico como fuente de agua y sustento de los procesos ecológicos», según la página oficial del programa [10], pero se asume que los procesos de gestión del agua no pasan por una apuesta extractiva de parte del gobierno mexicano que contraviene los principios de cuidado del medio ambiente.

En efecto, la WWF es conocida por su promoción de proyectos de economía verde como los programas de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (REDD+) y en México tiene una alianza con la Fundación Carlos Slim, Carlos Slim siendo el dueño de la minera Frisco, la cual tiene concesiones en varios estados del país incluyendo en la zona zoque de Chiapas. En cuanto al BID, sabemos que apoya el Modelo Extractivo Minero ya que en marzo del 2018 organizó un evento de promoción de «la responsabilidad social de las mineras en Latinoamérica» en Canadá, como lo denunciamos con la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA). [12].

Rechazamos cualquier política impuesta que promueva la violación de los derechos colectivos de los pueblos, el cercamiento de las comunidades y el incremento de los procesos de deforestación. Sabemos que las posibilidades de lucrar con el agua y los llamados «servicios ambientales» que ofrecen los ecosistemas son tantos desde la perspectiva de la economía verde que no consideramos que las reservas de aguas para uso ambiental sean una protección eficiente contra el cambio climático.

Urge garantizar la calidad y el uso sustentable y equitativo de las cuencas

Más vale proteger las vedas que existen en varias cuencas del país, restablecer las que han sido eliminadas desde mucho antes de los decretos y rectificar las que no resultan tan eficientes en la protección de los ríos ante el avance del modelo extractivo. Chiapas y Tabasco son un buen ejemplo ya que la veda creada en la cuenca del río Grijalva y toda su cuenca tributaria en el 1957 servía supuestamente para asegurar agua para el sistema de riego en la agricultura pero en nunca evitó las construcciones de las represas Malpaso, Angostura, Chicoasen y Peñitas. Además, esta veda ya no era vigente desde el año 2012, cuando el ex-presidente Felipe Calderón firmó un decreto que la eliminó en gran parte y estableció a cambio una veda en las subregiones hidrológicas Alto, Medio y Bajo Río Grijalva y en las cuencas Concordia y Presa La Concordia. Es la veda existente sobre esas dos últimas las que fueron eliminadas por el decreto del 6 de junio.

El tema de las vedas es prioritario en la Iniciativa Ciudadana del Agua emitida por la Coalición Agua para Todos, Agua para la Vida, la cual prevé «revisar las vedas vigentes dando prioridad a aquellas establecidas en zonas del País en donde se han continuado otorgando concesiones para usos no prioritarios, así como en zonas donde haya habido resoluciones negativas a solicitudes de concesión para los usos prioritarios» que son «el uso personal-doméstico, para servicios públicos y la seguridad alimentaria». Urge que por fin el poder federal reforme la Ley de Aguas Nacionales del 1992 para que incluya el derecho humano al agua previsto por la constitución desde el 2012 y retome la propuesta ciudadana de ley en lugar de seguir proponiendo una ley privatizadora y imponiendo decretos anti-democráticos.

En fin, necesitamos apostarle a un sistema eficiente y democrático de gestión del agua que la considere como un bien natural común. Debe garantizar el derecho humano al agua de todos y todas y realmente respete los derechos colectivos de las poblaciones no solo urbanas sino también rurales y los usos y costumbres de los pueblos y comunidades campesinas e indígenas. Para ello urge una herramienta eficaz para garantizar la calidad y el uso sustentable y equitativo de las cuencas hidrológicas, es decir para asegurar que las empresas no tengan el derecho de sobreexplotar y contaminar nuestros ríos, los cuales queremos corran libres pero protegidos.

[1] La lista de los diez decretos está disponible en la página web del Diario Oficial de la Federación (DOF) aquí: http://dof.gob.mx/index.php?year=2018&month=06&day=06
[2] Según cálculos realizados por el colectivo Geocomunes, disponibles en: https://www.facebook.com/geocomunes.carto/photos/a.331480727038593.1073741828.330134133839919/919538024899524/?type=3&theater
[3] COMDA, Alianza contra el Fracking, Red de Acción por el Agua. «El agua sí está en peligro: los decretos dejan sin protección casi 70% del agua disponible en esas cuencas» Comunicado publicado el 26 de junio 2018 disponible en http://www.comda.org.mx/el-agua-si-esta-en-peligro-los-decretos-dejan-sin-proteccion-casi-70-del-agua-disponible-en-esas-cuencas/

[4] Alessia Kachadourian Marras, José Joel Carrillo Rivera, Manuel Llano Vázquez Prada. «El Zapotillo: herencia de conocimiento obsoleto sobre el agua (subterránea)». Publicado en Waterlat-Gobacit Network Working Papers, Working Paper Vol. 2, No 1. Julio 2015

[5] La Organización Mundial de la Salud estima que cada persona debe tener acceso a un mínimo de entre 50 y 100 litros de agua al día para que tener garantizado su derecho humano al agua.

[6] 30.822 según los panoramas mineros estatales 2016 https://www.gob.mx/sgm/articulos/consulta-los-panoramas-mineros-estatales

[7] «Prospectiva de Energías Renovables 2016-2030», p. 42: Por situación del proyecto, 653 MW se encuentran en construcción o por iniciar obras; 3,597.8 MW son proyectos ya autorizados, nuevos o con permisos de generación en trámite y, 241.0 MW son proyectos por licitar. Así, entre 2016 y 2030 la capacidad instalada por energía hidroeléctrica pasará de 12,551.1 MW a 16,975.8 MW en 2030, siendo 2022 en el cual se adicionará la mayor cantidad de capacidad por esta fuente de energía.

[8] Servicio Geológico Mexicano. Panorama Minero del Estado de Chiapas 2016. Disponible en: www.sgm.gob.mx/pdfs/CHIAPAS.pdf

[9] Gaceta Ecológica 2018. PUBLICACIÓN N° DGIRA/030/18

[10] reservasdeagua.com.mx

[12] Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA). «Los mitos del progreso minero: el Banco Interamericano de Desarrollo miente.» Comunicado publicado el 9 de marzo del 2018, disponible en: http://otrosmundoschiapas.org/index.php/temas-analisis/32-extractivismo/mineria/2868-los-mitos-del-progreso-minero-el-banco-interamericano-de-desarrollo-miente

Foto: El Río Grijalva en Chiapas (Crédito: Otros Mundos A.C./Amigos de la Tierra México)

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