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Determina Consejo General del INE pérdida de registro de los partidos políticos Nueva Alianza y Encuentro Social

+ La permanencia o no de un partido político en el sistema democrático del país, depende de sus éxitos en las elecciones: Lorenzo Córdova

CIUDAD DE MEXICO, 12 de Septiembre de 2018./Comunicados de Prensa Número: 467– El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad los dictámenes emitidos por la Junta General Ejecutiva, relativos a la pérdida de registro de los partidos políticos nacionales Nueva Alianza y Encuentro Social, al no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en la elección federal ordinaria celebrada el 1° de julio de 2018.

Ello, conforme lo establece el artículo 41, párrafo segundo, base I, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 94, párrafo 1, incisos b) y c) de la Ley General de Partidos Políticos.

Al respecto, el Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, mencionó que la permanencia o no de un partido político en el sistema democrático del país, depende de sus éxitos en los comicios, de la elección de sus candidatos, de la capacidad de convencimiento que logren desplegar hacia la ciudadanía con sus campañas, y de su capacidad para encauzar las demandas de la sociedad, así como de la construcción de alianzas políticas.

“Se quedan quienes logran, al menos, el 3% de la votación en alguna de las elecciones federales, que son objeto de disputa”, añadió.

Lorenzo Córdova afirmó que “fueron las y los ciudadanos, y nadie más que ellos, quienes el 1° de julio decidieron qué partidos debían permanecer en la competencia, y cuáles salir de la misma”.

En presencia de los presidentes de ambos partidos, Luis Castro, de Nueva Alianza, y Hugo Eric Flores, de Encuentro Social, el Consejero Presidente recordó que los partidos políticos son instituciones que juegan un papel central en los sistemas democráticos, ya que permiten, en las complejas sociedades modernas, que la pluralidad social esté presente en las instancias de decisión política, a partir del respaldo que cada uno de esos partidos haya obtenido en las urnas.

Confió en que las y los ciudadanos que no lograron conformar una opción política, al menos para el 3% del electorado, sigan involucrándose en la vida pública y que pugnen por ejercer sus derechos políticos en organizaciones partidarias existentes o bien, en el proceso de conformación de otras.

Por su parte, el Consejero Benito Nacif, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, señaló que, durante dos meses y medio, desde la elección a la fecha, se ha garantizado la oportunidad a los partidos políticos de revisar todo lo ocurrido el día de la Jornada Electoral y la forma en que se ha llegado a la votación final. “El nuestro es un sistema que permite a los partidos políticos y a los ciudadanos, en diferentes momentos, aclarar todas y cada una de las dudas legalmente fundadas respecto al resultado de las elecciones”.

Si bien el sistema electoral no es perfecto, “es un sistema muy fiable, porque ofrece un conjunto de garantías a los partidos políticos para que presenten sus alegatos y se revisen el escrutinio y cómputo celebrados el día de la Jornada Electoral por los ciudadanos”.

A partir de esta resolución, Nueva Alianza y Encuentro Social pierden todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Partidos Políticos y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2018, que deberán ser entregadas por este Instituto al interventor respectivo.

Asimismo, el plazo para la presentación de la solicitud para registro como partido político local ante los Organismos Públicos Locales Electorales corre a partir de que el presente Dictamen haya quedado firme o, en su caso, a partir de que haya concluido el proceso local extraordinario de la entidad de que se trate.

Nueva Alianza y Encuentro Social deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Fiscalización y demás normatividad aplicable, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de liquidación de su patrimonio.

Durante la sesión, el pleno acató 38 sentencias en materia de fiscalización ordenadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y de las salas regionales de la Ciudad de México, Guadalajara, Monterrey, Toluca y Xalapa; y resolvió dos quejas sobre el origen y destino de los recursos de los partidos.

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