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Aprueba IEPC el registro del partido local “Nueva Alianza Chiapas”

  • También aprobaron el Reglamento para el registro de partidos políticos locales en el estado de Chiapas.
  • Las y los interesados que pretendan constituirse deberán informarlo mediante escrito de intención ante este instituto, durante el mes de enero de 2019.

TUXTLA GUTIÉRREZ, Chiapas. 11 de diciembre de 2018./Comunicado 199.- El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó en sesión extraordinaria, el registro como partido político local, del otrora partido político nacional Nueva Alianza, bajo la denominación “Nueva Alianza Chiapas”, registro que entra en vigor a partir del primer día del mes de enero de 2019.

Al respecto, el consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas, indicó que, esta asociación política cumplió con todos los requisitos que están establecidos en la normatividad, para acreditarse como un partido político local. “A diferencia de los partidos de nueva creación, estamos aprobando el registro de Nueva Alianza Chiapas en este mes, ya que se trata de un partido político que perdió su acreditación en el ámbito nacional”.

Cabe recordar que, derivado del dictamen emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mismo que fue confirmado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el partido político perdió su registro nacional por no alcanzar el umbral mínimo requerido del 3% de la Votación Valida Emitida en los pasados comicios federales; no obstante ello y conforme a lo mandatado en la Ley General de Partidos Políticos, dicho instituto político contaba con el derecho de optar por el registro como partido local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en las elecciones locales y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, situación que en el Estado de Chiapas acreditó conforme al expediente formado para tal efecto, en atención a su solicitud de registro realizada el pasado 27 de noviembre del presente año.

Este día, el pleno también aprobó el Reglamento para el Registro de Partidos Políticos Locales en el Estado, donde podrán participar organizaciones ciudadanas interesadas en obtener su registro.

El Consejero Presidente Oswaldo Chacón Rojas comentó sobre la importancia de aprovechar la coyuntura para que los partidos hagan ejercicios de análisis y reflexión sobre cómo vincularse de mejor manera con la sociedad, así como responder y atender adecuadamente las expectativas ciudadanas existentes en torno a los partidos políticos. “Bienvenido el interés de las y los ciudadanos a participar y presentar solicitudes de registro para nuevos partidos políticos; sería muy distinto que nuestra democracia se desarrollará en un contexto de apatía ciudadana”.

El consejero electoral Manuel Jiménez Dorantes, explicó que, el objetivo es regular el procedimiento de solicitud de las organizaciones, estableciendo plazos, formatos y formas necesarias para que dichas organizaciones puedan hacer efectivo su derecho y cumplir con la normatividad general y local. “Las y los interesados  que pretendan constituirse deberán informarlo mediante escrito de intención, ante este instituto, durante el mes de enero de 2019, para su presentación ante el Consejo General”.

El también presidente de la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, informó que, para que una organización de ciudadanos sea registrada como partido político, se deberá verificar que ésta cumpla con los siguientes requisitos: Presentar declaración de principios y su programa de acción y los estatutos que normarán sus actividades; los cuales deberán satisfacer los requisitos mínimos establecidos en esta Ley; Contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad, los cuales deberán contar con credencial para votar; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en la entidad podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.

Es importante llevar un acta constitutiva a través de la figura de Asociación Civil; el registro ante el Sistema de Administración Tributaria como figura no lucrativa, específicamente como partidos políticos; solicitar la inscripción ante el Registro Público de la Propiedad; hacer los contratos de las cuentas bancarias correspondientes y la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos que regirán la vida interna de estos partidos políticos”, explicó Jiménez Dorantes.

Añadió que una vez recibida la manifestación de intención, el IEPC contará con 10 días hábiles para revisar la misma y sus anexos, y en su caso, hacer los requerimientos necesarios. “Una vez agotado el plazo anterior, el Consejo General deberá aprobar el dictamen respecto de la procedencia o no, para que las organizaciones de ciudadanos que pretendan obtener su registro como partido político local, puedan continuar con la celebración de asambleas distritales o municipales, según corresponda”.

En su participación, el consejero electoral Alex Walter Díaz García, señaló que el reglamento que hoy se aprobó, abre las puertas a hombres y mujeres que deseen participar constituyendo nuevos partidos políticos”. Veo un gran interés en la participación política, lo cual, sin duda se reflejó en los procesos electorales realizados este año, 68% de participación ciudadana en la elección ordinaria y 74% en la extraordinaria, ahí se refleja un gran trabajo de los partidos.

Será a partir de febrero y hasta el mes de diciembre de 2019, las organizaciones que fueron dictaminadas procedentes, podrán celebrar asambleas en las dos terceras partes de los distritos o en las dos terceras partes de los municipios. Desde la manifestación de intención, las organizaciones de ciudadanos deberán presentar de manera mensual sus informes de ingresos y egresos ante este Instituto, conforme los formatos aprobados en el Reglamento de Agrupaciones Políticas.

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