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La Red Estatal Indígena exige una mesa de diálogo urgente ante la consumación de diputaciones usurpadas

ASICh

TUXTLA GUTIERREZ, Chiapas, 30 de agosto de 2018./ASICh.-   La Red Estatal Indígena integrada por actores sociales, académicos, autoridades tradicionales, lideresas y líderes indígenas tseltales, tsotsiles, tojolabales, zoques, choles, entre otros, exigen una mesa de diálogo urgente, ante los hechos que dieron paso a las dos diputaciones usurpadas por ex colaboradores de Manuel Velasco Coello.

Al pronunciarse por las diputaciones usurpadas por Roberto Rubio Montejo y Humberto Pedrero Moreno, por los distritos de Las Margaritas y Bochil, exigen sentarse urgentemente en una mesa de diálogo con los partidos políticos, el Instituto Nacional Electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación, diputados del Congreso de la Unión, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas.

Con el objeto de crear las condiciones del escenario político electoral en Chiapas y materializar los derechos políticos electorales de los pueblos y comunidades indígenas bajo el principio de la no repetición, se deben instalar diálogos permanentes a los pueblos indígenas para sanar sus heridas profundas, puesto que se han violentado de manera reiterada y sistemática sus derechos fundamentales, sobre todo que en esta ocasión no tendrá representación en la Cámara de Diputados por el despojo consumado por los dos kaxlanes mencionados.

Señalan que con este hecho se ha traducido el artículo 2º constitucional como letra muerta para los pueblos y comunidades indígenas y la negación rotunda del espíritu de reconocimiento de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar (Sakam Ch’en), que muchos políticos han citado infinidad de veces este Acuerdo para su propia conveniencia traicionando de esta manera la dignidad de los pueblos originarios.

Asimismo, exaltaron su indignación y descrédito total a las instituciones, entes y órganos electorales que han fallado y actuado con dolo, mala fe y falto de exhaustividad y certeza en sus actos, así como en sus omisiones.

En primera instancia, a los Partidos Políticos y coaliciones que han participado en este proceso electoral 2017-2018, al no garantizar democráticamente la selección de sus candidatos en sus procesos internos, incumpliendo con los criterios de paridad, pluralidad y acciones afirmativas en los Distritos Electorales Indígenas, violentando de esta manera sus propios estatutos y principios ¡disque democráticos, que sólo han servido a la simulación y al engaño de los chiapanecos.

En segunda, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al emitir una resolución acéfala y poco exhaustiva sobre los casos de Roberto Antonio Rubio Montejo y Humberto Pedrero Moreno, candidatos en los Distritos Electorales Indígenas 02 y 11 de Chiapas, fundando y motivando sus criterios sobre la “flexibilidad intercultural” y no a la sustantividad de los derechos indígenas; es decir, solamente se apegaron a la forma más no al fondo de los asuntos, además de que todas las constancias ofrecidas por las partes para acreditar su calidad indígena se han hecho a basa de documentos falsos e ilegítimos, puesto que ninguno de los documentos que obran en el expedientes sean expedidos por las verdaderas autoridades indígenas, sino que fueron expedidos fraudulentamente por autoridades ejidales que no son propiamente indígenas, a pesar de las denuncias que se han interpuesto ante las autoridades competentes.

Tercera, al Instituto Nacional Electoral por violar los principios de certeza, objetividad y máxima publicidad en la sustitución de candidatos durante el proceso electoral permitiendo cambios a últimos minutos y horas antes de empezar la Jornada Electoral generando una inestabilidad e incertidumbre en la voluntad de los chiapanecos, más con la vulnerabilidad de los pueblos y comunidades indígenas al no tener certeza en la emisión de su sufragio.

|         También, cayó en omisión de garantizar su propio Acuerdo General INECG/508/2017 en cumplir y materializar la acción afirmativa de los pueblos y comunidades indígenas en los Distritos Electorales declarados Indígenas sobre la acreditación de la calidad indígenas de los precandidatos y candidatos en esta contienda electoral, no solo bastaba en actuar de buena fe sino actuar apegado a la legalidad, certeza y objetividad.

A la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, cuyo titular Roberto Serrano Altamirano, en emitir y avalar documentos falsos y fraudulentas de identidad indígena sin estar facultado para ello, puesto que no es una comunidad ni un pueblo indígena que pudiera definir el origen y la calidad indígena, así como el vínculo comunitario, sino que solamente es un órgano encargado de detonar el desarrollo de los pueblos y comunidades, según su ley orgánica.

A la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas de Chiapas, cuyo titular era Roberto Aquiles Hernández, al emitir y avalar documentos falsos y fraudulentas de identidad indígena sin estar facultado para ello, sino que esta competencia les corresponde a los pueblos y comunidades indígenas a través de sus Asambleas Generales, usurpando funciones que no les corresponde.

En tanto,  a Roberto Antonio Rubio Montejo y Humberto Pedrero Moreno los declaran personas ingratas sin alma, carentes de conciencia, moralidad, ética y de juicio, “y siempre serán para nosotros politicastros, es decir, son unos Jts’i’al viniktik”.

Por último, llaman a los pueblos y comunidades indígenas de Chiapas a que asuman su responsabilidad en crear las condiciones para que regulen la acreditación de la calidad indígena y sancionen a los que intentan usurpar funciones e identidades, puesto que hay figuras como los ejidos que no son propiamente indígenas, puesto que ésta se funda y emana de la ley agraria, que nada tiene que ver con lo indígena; como son los casos de los candidatos que tratan de acreditar su calidad indígena mediante constancias expedidas por ejidos, organizaciones sociales y civiles sin estar facultados para ello. ASICh

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